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Nueva ampliación del trabajo por cuenta propia, reducción de precios y tributos: en la Mesa Redonda.
11 feb. 2021 | 915
Las nuevas disposiciones para el trabajo por cuenta propia, las adecuaciones tributarias, la reducción del precio de varios medicamentos, de algunos tributos y la marcha de la Tarea Ordenamiento fueron los temas tratados en los programas de la Mesa Redonda el martes 9 y miércoles 10 de febrero. Ahora ponemos a disposición de nuestros usuarios un resumen de los principales aspectos tratados en dichos programas. Mesa Redonda del martes 9 de febrero En la mesa del martes 9 el vice primer ministro y titular de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández; la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, y la de Finanzas y Precios, y Meisi Bolaños Weiss informaron acerca de la decisión de ampliar las actividades del trabajo por cuenta propia tomada recientemente por el Consejo de Ministros como parte de la estrategia de desarrollo socioeconómico del país. Entre las principales modificaciones anunciadas en la reunión del Consejo de Ministros y abordadas en el programa resaltan, las anunciadas por ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera: La eliminación del listado de 127 actividades aprobadas para ejercer el trabajo por cuenta propia en Cuba, aunque se aclaró que no desaparece ninguna de las que actualmente realizan los TCP. La creación de un nuevo listado de actividades autorizadas a realizar que incluye además de esas 127 autorizadas ejercer por cuenta propia, las más de 2 000 incluidas en el Clasificador Nacional de Actividades Económicas publicado en el sitio de la Oficina Nacional de Estadísticas e Información ONEI. El nuevo listado no incluye oficios ilícitos o prohibidos expresamente por ley, como la caza y pesca de especies en peligro de extinción y prohibidas, la explotación de las plantas endémicas, el trabajo forzado y el empleo de mano de obra infantil. Solo se limitará la realización de 124 actividades, aunque en el documento que las contiene y que ha sido publicado en los medios, se aclara que este “listado pudiera ser modificado a partir del proceso de conciliación de las normas jurídicas, actualmente en proceso de elaboración”. Se autorizan nuevamente la actividad de Programador de Equipos de Cómputo, cuyo otorgamiento de licencia estaba congelado hace algunos años. Se elimina el concepto actual de alcance de la actividad, pues este se fijará a partir del proyecto de trabajo que presenta el interesado. “Cualquier proyecto que se ajuste a lo establecido puede llevarse a cabo. Esto permitirá la creación de paquetes de servicios, aun cuando sean de naturaleza diferente, y mejorar la calidad de los negocios”, explicó la Ministra de Trabajo y Seguridad Social. Se trazó como política no establecer diferencias entre los documentos que deben presentar tanto el sector estatal como el no estatal a la hora de ejercer una actividad. Se reducen los trámites a la hora de solicitar un permiso para ejercer el trabajo por cuenta propia. Con la implementación de estas medidas los órganos facultados para emitir las licencias serán, en el caso de los servicios de carga y pasajeros y los servicios auxiliares y conexos del transporte, las entidades del Ministerio del Transporte; mientras que, para el resto de las actividades, son las direcciones municipales de Trabajo las facultadas para aprobar los proyectos ¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los proyectos que presenten los TCP para solicitar la aprobación de una actividad? Nombre del proyecto, si procede. Descripción de las actividades que pretende realizar. Lugar donde se ejercerá. Interés de utilizar carteles u otras formas de publicidad, servicios artísticos y uso de música grabada o audiovisual. Cumplimiento de las normas de Planificación Física, higiene, inocuidad de los alimentos, uso racional del agua, medio ambiente y de protección contra incendio, según corresponda por el tipo de actividad. Horario de funcionamiento de la instalación, acorde a lo establecido por el Consejo de Administración Municipal. Procedencia del interesado a los efectos de la afiliación a la Seguridad Social. Declaración de que todos los datos expuestos son ciertos, que el origen de la fuente de financiamiento y las inversiones realizadas o a ejecutar, así como la procedencia de los equipos y medios son lícitas y que su actuar no es en beneficio de otra persona. Revisión del proyecto (Ventanilla Única) Informar al interesado el plazo para recibir notificación o no de la aprobación. Evaluación del proyecto por los representantes de las entidades definidas por los organismos rectores para Validar que se ajusta a lo establecido. Realizar la comprobación en el lugar donde se ejercerá el proyecto. Emitir los permisos requeridos Luego de recibir la conformidad de la Ventanilla Única: Se confecciona el expediente para su aprobación Emisión del certifico por el jefe de la entidad donde radique la Ventanilla Única aprobando el proyecto Notificación a la ONAT para realizar la inscripción de oficio en el Registro de Contribuyente del titular y de sus trabajadores contratados. Emisión del carné de contribuyente y el vector fiscal por la ONAT para su entrega en la Ventanilla Única. Entrega al solicitante del carné de contribuyente, el vector fiscal como único documento que acredita al TPC y el certifico de aprobación de su proyecto, dejando constancia de la entrega. De no aprobarse se le notifica por escrito. Afiliación al régimen especial de la Seguridad Social, según corresponda. Contravenciones para el trabajo por cuenta propia Se mantiene en la norma que no se deben utilizar materias primas, materiales y equipos de procedencia ilegal; sino que deben obtenerse por de los mecanismos de aprovisionamiento existentes en el país. Continúa prohibida la venta de productos importados Se agregan cinco nuevas causas para las solicitudes de suspensión de la licencia y se ratifican las actuales: certificado médico, encontrarse bajo proceso penal, reparación del medio de pesca comercial, movilizaciones para procesos eleccionarios y ante situación de desastres. Los TCP que ya cuentan con licencia efectuarán un proceso de reinscripción, de manera ordenada. Todos estos cambios tendrán efecto a partir de la publicación de las normas en la Gaceta Oficial y se dispondrá de un plazo de 12 meses para actualizar la documentación.  Modificaciones en el pago de tributos Según la ministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños Weiss,  los cambios en materia de tributos “se ajustan a los principios de equidad y capacidad económica de los trabajadores por cuenta propia”. Las adecuaciones no conllevan un incremento de la carga tributaria en este sector porque: A partir de 2021 se produce una reducción tributaria con el reconocimiento del 100% del gasto en el que incurre el trabajador en el ejercicio de su actividad, siempre que justifique el 80%”. Hay un incremento del mínimo exento a 39 120 CUP para todos los trabajadores por cuenta propia, o sea, de la cuantía que no está gravada con impuestos . Dentro de la actualización del sistema tributario se garantizan los niveles de recaudación en el sector de los TCP. Los aportes de los TCP favorecen la contribución a los presupuestos municipales. Se generaliza la presentación de la Declaración Jurada por todos los trabajadores por cuenta propia, independientemente del régimen de tributación que se les aplique, ya sea el general o el simplificado. Se rediseña el régimen simplificado de tributación, en función de los ingresos anuales que determine la Administración Tributaria.  Se busca reducir al mínimo las actividades en este régimen Se abandona el régimen de cuotas y se pasa a un porciento de pago sobre los ingresos que se hará trimestralmente. Se mantienen los aportes al régimen especial de Seguridad Social y el pago correspondiente de esta contribución. Se enfatiza en la necesidad de generalizar la aplicación de la Norma Contable a todos los trabajadores por cuenta propia del régimen general. Se reconoce los gastos por inversiones “algo muy pedido por los TCP” y justo. Se extiende la aplicación de la cuenta bancaria fiscal a las propias cuentas corrientes de los contribuyentes. Se les mantienen las mismas cuotas a los actuales TCP. Se reconoce que es un gran reto la actualización del trabajo por cuenta propia para la Administración Tributaria, los gobiernos locales, las direcciones de Finanzas y los contribuyentes. Ya no habrá cuotas mensuales por actividad, sino en función de un estudio del comportamiento de la actividad y su desarrollo, lo cual demandará un incremento de la asistencia al contribuyente por parte la ONAT, para ganar conocimiento sobre esta nueva forma de ejercer la actividad y favorecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias”. El vice primer ministro y titular de Economía y Planificación, Alejandro Gil Fernández, insistió en que se debe trabajar en un marco de absoluta transparencia y legalidad. También recalcó que se trata de una información reciente, que más adelante será ampliada y que requiere de que se introduzcan varias modificaciones a decretos y resoluciones vigentes.            Mesa Redonda del miércoles 10 de febrero Marino Murillo Jorge, miembro del Buró Político del PCC y jefe de la Comisión de Implementación y Desarrollo de los Lineamientos, aseguró que el tema del ordenamiento la población lo sigue de cerca y es importante hacer balance de lo que ha sucedido en estos primeros tiempos. Sobre la reforma salarial reveló que el cálculo inicial que se había hecho sobre ella estaba alrededor de 160 000 millones de pesos de fondo de salario, sin embargo el fondo alcanzado fue de 139 000 millones. " Es decir, ahí nos quedamos unos 20 000 millones por debajo de lo que debió haberse hecho para tratar de resolver un poco más de las incongruencias que tenía el salario en el punto de partida”.  Recalcó que es justo reconocer que la Tarea Ordenamiento se ha hecho en un momento difícil, y agregó que otro punto complejo es la oferta. Afirmó que el incremento de los precios mayoristas en determinados sectores como es la industria alimentaria, tuvo un efecto muy rápido en los precios de la gastronomía. “El problema se produjo porque la población sí empezó a comparar rápido el incremento de los precios con el de los ingresos. Y la percepción que hay es que están quedando peor tras la Tarea Ordenamiento. Aseguró que la Tarea Ordenamiento, en este primer tiempo, ha aportado elementos que ratifican la necesidad de hacerla. “Primero, hemos visto distorsiones en la economía que con el cambio al 1x1 no se apreciaban; segundo, la reforma de salarios, aunque no lo resuelve todo, sí resolvió un grupo de cosas.” Aclaró que se han recogido más del 50% del CUC que estaba previsto recoger hasta la fecha Anunció que Como resultado de una revisión 37 medicamentos del Anexo III de la Resolución 345 (listaba los precios minoristas de los medicamentos que tuvieron un impacto en el incremento de los precios, porque se le trasladó el incremento de los costos) pasaran a categorizarse como complementarios y, por tanto, adoptan el precio anterior a la Tarea Ordenamiento. Cada modificación incide en el presupuesto.” Respecto al tema de los comedores obreros, reafirmó que ninguna empresa debe cobrar a sus trabajadores más de 18 pesos por ese servicio. Explicó que cada modificación incide en el presupuesto”. Al respecto la Ministra de Finanzas y Precios argumentó que muchas tareas han llevado ajustes, lo cual incide en una reorganización de un presupuesto que tiene un déficit de 86 millones de pesos. La titular se refirió también a la Tasa por Peaje, a las tarifas para el transporte de cargas y a las contravenciones por violaciones de precios. Aclaró que se ampliaron las bonificaciones establecidas desde la Ley Tributaria para la tasa por peaje. Ahora tanto los conductores de vehículos de Santa Marta y Varadero, así como a los transportistas profesionales del sector estatal y no estatal, residentes en Cárdenas y Matanzas, solo pagan el 70 % de lo establecido.   Explicó que, considerando el aumento de costos en todos los sectores de la economía por la aplicación de las tarifas de transportación de carga, se modifica la Resolución 311 del 2020 del MFP. Se establece una rebaja del 30 % a las tarifas establecidas para la transportación de cargas, tanto por ferrocarril, carretera, o la forma multimodal.    Se refirió además al Decreto 30 del 2021 que establece las sanciones a aplicar por violaciones de precios y por la retención o no comercialización de mercancías destinadas a la venta a la población, así como la aplicación de precios abusivos y especulativos. Asimismo, regula la sanción de decomiso y venta forzosa de los bienes. Al finalizar la Mesa Redonda,  Murillo, concluyó diciendo que “Nadie quedará desamparado y cada vez que se tome una nueva decisión se la informaremos enseguida a nuestro pueblo”.
Las poderosas ventajas de pagar los tributos por los canales electrónicos
09 feb. 2021 | 891
Si aportas los tributos mediante los canales electrónicos Transfermovil, Telebanca, los cajeros automáticos, la Banca Remota tanto del Banco de Crédito y Comercio (BANDEC) como del Banco Popular de Ahorro (BPA), el importe a pagar por tus obligaciones fiscales será un 3% menor. Ya en diciembre de 2020 los contribuyentes que utilizaron esta vía para aportar sus impuestos, tasas y contribuciones antes del día 31 pudieron restar en total un 8% del importe a pagar:  5% por realizar el aporte en esa fecha bonificada por el Ministerio de Finanzas y Precios y 3% por usar los canales electrónicos de pago. Este año disfrutarán también de ese 8% quienes liquiden el Impuesto sobre los Ingresos Personales hasta el 1ro de marzo y se acojan a la bonificación del 5% por pronto pago y la del 3% por emplear la vía digital para liquidarlo. Aquellos que paguen el impuesto sobre el Transporte Terrestre (la chapa) en igual período podrán restar 20% por pronto pago, más el 3% de los canales electrónicos. A estas importantes ventajas se suman otras poderosas razones que compulsan a utilizar esta vía de pago: Te evitas las largas y agotadoras colas del banco. Evitas exponerte al riesgo de contraer la Covid-19 porque no tienes que ir a zonas de gran aglomeración de personas como suelen ser las sucursales bancarias. Puedes aportar los tributos desde la comodidad de tu móvil o teléfono fijo, sin necesidad de salir de casa, ni moverte de tu lugar de trabajo. Como están disponibles 24 X 7: las 24 horas del día, los siete días de la semana, puedes elegir el momento que te acomode para pagarlos. Cada porcentaje que descuentas es dinero que te ahorraste y puedes emplear en tu negocio o en ti mismo. Poseen muchas más bondades que cada persona les irá descubriendo en la medida en que vayan perfeccionándose estos métodos de pago. Para facilitar el pago y fomentar el uso del más utilizado de ellos te damos ahora, desde el Portal Tributario, la posibilidad de descargar la última versión de Transfermóvil que se encuentra además en la sección Descargas, Modelos y Formularios de la plataforma. También ponemos a su disposición el tutorial que explica cómo utilizar dicha aplicación ubicado en la sección Descargas/Modelos y Formularios.
El pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre se mantiene igual para quienes lo aportaban en CUP.
21 ene. 2021 | 6353
El pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre (la Chapa), se mantiene igual para quienes pagaban en CUP; mientras que quienes aportaban el tributo en CUC tendrán que convertir a CUP el importe a pagar, teniendo en cuenta la tasa de cambio 1 CUC = 25 CUP. Esto se debe a que para el pago de este impuesto que grava la propiedad o posesión de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre, se tienen en cuenta ahora dos grupos según lo estipulado en el Decreto Ley 21 de 2020, publicado en la Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria de 10 de diciembre del pasado año que puede obtenerse en la sección Legislación del Portal Tributario. El Grupo 1, de acuerdo con la norma, comprende a las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional, las entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, los sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 De la Inversión Extranjera, los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, así como las organizaciones y asociaciones. En tanto el Grupo II contiene las sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional, así como a las personas naturales no residentes permanentes en Cuba. Las cuantías a pagar por cada uno se disponen en el Anexo No. 2 del Decreto Ley 21, según el cual un ciudadano cubano residente permanente en el territorio nacional, perteneciente al Grupo 1, propietario de un auto de uno a cinco asientos, que pagaba 52.00 pesos CUP continuará pagando esa misma cantidad.   Sin embargo, el propietario no residente permanente que por un auto semejante aportaba 52.00 CUC, ahora tendrá que abonar 1 300.00 CUP. Los contribuyentes que liquiden este tributo mediante los canales electrónicos, específicamente por Transfermovil, a la hora de seleccionar el párrafo o código del tributo deben tener en cuenta que cuando su último dígito es 1, corresponde a los pagos en CUC y deben seleccionarlo los contribuyentes del Grupo 2. En cambio, si el párrafo termina en 2 se asocia a los pagos en CUP y debe ser el escogido para la liquidación en esa moneda, por los integrantes del Grupo1. Estas especificaciones están señaladas en un tutorial  publicado en la sección Descargas del Portal Tributario, que indica cómo realizar el pago mediante Transfermovil y fueron incluidas en la propia aplicación para evitar confusiones que conlleven a pagos indebidos. Ya se han reportado varios por el propio portal y por las redes sociales habilitadas por la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT). Los contribuyentes que hayan escogido el párrafo erróneo y efectuado un pago indebido, deben solicitar una devolución de ingresos a la ONAT del municipio en el cual se encuentran inscritos y abonar nuevamente el impuesto por el código adecuado. Si lo hacen antes del 1ro de marzo pueden restar un 20% del importe a pagar y si utilizan los canales electrónicos de pago: tanto la aplicación mencionada, como la Banca Telefónica, el cajero automático u otra se les descuenta un 3% adicional. La Oficina revela que a aquellos contribuyentes inscritos que tienen reflejado en el Vector Fiscal el Impuesto sobre el Transporte Terrestre, se le descuenta automáticamente el 20% por pronto pago y el 3% por utilizar la vía electrónica. Aclara por último que quienes no estén inscritos deben calcular y restar la bonificación antes de realizar el aporte.
¿Qué tributos pagarán los trabajadores cubanos con el aumento salarial?
08 ene. 2021 | 13877
Después del aumento salarial que comenzó a cobrarse en enero de 2021 los trabajadores cubanos de empresas y unidades presupuestadas pagarán uno o dos tributos en dependencia de la cuantía de las remuneraciones que perciban. Estos tributos serán la Contribución Especial a la Seguridad Social y el Impuesto sobre los ingresos personales. Al respecto la Resolución No. 310 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020, establece en su apartado primero que todos los trabajadores, independientemente del nivel de ingresos que perciban, aportarán el 5% de estos (según el registro de nóminas) como Contribución Especial a la Seguridad Social. Sin embargo, para la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Personales la norma especifica que están exentos los que devenguen salarios hasta 3 260.00. En cambio, pagarán el 3% por concepto de dicho tributo a partir de $ 3261.00 y hasta $ 9 510.00; mientras que aquellos que reciban más de esta última cantidad aportarán el 5%. Los trabajadores no liquidan directamente estos tributos, ni tienen que presentar Declaración Jurada de Ingresos Personales. Son las entidades a las cuales pertenecen las que realizan el aporte de dichos tributos al Presupuesto del Estado mediante el sistema de retenciones que tienen establecido y lo deben hacer en los primeros diez días hábiles de cada mes. En caso de que el importe a cobrar por el trabajador sea inferior a la cuantía a retener por concepto de estos tributos, la legislación dispone que la empresa efectúa la retención hasta el límite del monto devengado por el trabajador y registra la diferencia como una deuda de este con el Presupuesto del Estado. Aclara no obstante que, excepcionalmente, la entidad empleadora puede suscribir un convenio de pago con el trabajador, sobre el cual debe informar a la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT). Respecto al pluriempleo. Si el trabajador lo ejerce en una misma entidad, esta realiza las retenciones conforme a lo establecido en la norma, verificando que se cumplan los requisitos para su exigencia, en relación con el total de las remuneraciones gravadas. Cuando se trate de casos que mantienen un régimen de pluriempleo con diferentes entidades, cada una de estas debe analizar la procedencia de la aplicación de los tributos teniendo en cuenta los pagos que realizan de forma independiente al trabajador, y practicar las retenciones correspondientes. La Contribución Especial a la Seguridad Social se ingresa al Presupuesto por el párrafo 082023 “Contribución Especial de Trabajadores a la Seguridad Social” y el Impuesto sobre los Ingresos Personales mediante el 052042 “Impuesto sobre Ingresos personales–Trabajadores Estatales”, del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado. Por si desea consultarla ponemos a su disposición la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria con esta norma y otras dispuestas por el MFP. También puede obtenerla en la sección Legislación de este Portal Tributario.
Quienes no presentaron la DJ del 2019 antes del 31 de diciembre de 2020, lo harán sin descontar del 5%
08 ene. 2021 | 428
   Los contribuyentes que no presentaron antes del 31 de diciembre de 2020 su declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2019, podrán hacerlo pero sin descontarse el 5% del importe a pagar, bonificación dispuesta por el Ministerio de Finanzas y Precios para quienes aportaran los tributos en la citada fecha. La herramienta informática que calcula el impuesto y permite llenar el modelo a los contribuyentes que están en este caso se encuentra ya en el Portal Tributario, en el apartado Descargas, dentro de los Modelos y Formularios, bajo el nombre DJ 08 Excel Declaración Jurada Impuesto sobre Ingresos Personales 2019 para los que no presentaron antes del 31 de diciembre 2020.content area             Descarga directa Alertamos a todos los usuarios del Portal Tributario que vayan a descargar las DJ 08 Exel que se fijen bien en el nombre del archivo para que obtengan y utilicen la herramienta correcta, pues, además de la del 2019, aparece la correspondiente al ejercicio fiscal 2020 que se presenta a partir de enero del actual año 2021 bajo el nombre  DJ 08 Excel Declaración Jurada Impuesto sobre Ingresos Personales TCP y otros para 2021. También les aconsejamos que estén atentos a las Noticias del Portal Tributario donde más adelante incluiremos informaciones detalladas y precisas sobre los aspectos que deben tener en cuenta para la presentación de ambos modelos. Los convidamos además a visitar nuestro Canal OnatdeCuba y el Grupo OnatdeCuba Dudas y Comentarios de Telegram, así como el perfil institucional en Facebook donde podrán concer respecto a este y muchos otros temas fiscales.
¡Importante! Nota informativa de la ONAT sobre las Campañas de Declaración y Pago de Tributos.
29 dic. 2020 | 1477
La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) ofrece a los contribuyentes información precisa sobre las cuestiones tener en cuenta en las Campañas de Declaración y Pago de Tributos de los ejercicios fiscales 2019, 2020 y 2021.  Afirma, en primer lugar, que el período voluntario de pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales en la Campaña 2020 correspondiente al ejercicio fiscal 2019 culmina el 31 de diciembre del actual año e insta a los contribuyentes a realizar el aporte antes del día 30, debido que el banco el Banco Central de Cuba declaró los dos últimos días del mes como feriados y sus oficinas no presará servicios. Solo funcionará la banca electrónica hasta el día 30 a las 6 de la tarde. A quienes paguen sus tributos en la fecha aconsejada y lo hagan por los canales electrónicos se les descontará en total un 8% del importe a pagar: 5% como bonificación por pronto pago y 3% por utilizar dichos canales. En cuanto a la Campaña 2021 correspondiente al ejercicio fiscal 2020, la ONAT afirma que comienza el próximo 28 de enero, aunque aclara que antes de esta fecha pueden presentar su DJ de Ingresos Personales quienes así lo deseen. Para este proceso la Oficina aclara que los trabajadores por cuenta propia que hayan permanecido suspendidos durante seis meses o más están exentos de presentar la DJ y especifica que para esta campaña se mantienen el mismo modelo DJ 08, el mínimo exento de 10000 pesos, la escala progresiva y el porcentaje de gastos por grupos de actividades. Igualmente se aplicarán los beneficios del 5% a quienes liquidan el tributo antes del 28 de febrero, más el 3% si lo hacen por las pasarelas electrónicas.   También se mantiene el modelo DJ 12 por el cual el sector agropecuario declara sus ingresos personales y paga el impuesto. Por último, revela la ONAT que en la Campaña de Declaración Jurada 2022 perteneciente al ejercicio fiscal 2021 será cuando se acepten el reconocimiento del descuento del 100% de los gastos en que incurra el contribuyente durante el ejercicio de la actividad– siempre que justifique el 80% de los mismos– y la aplicación del mínimo exento de 39 120.00 CUP, estipulados en el Decreto Ley No.21 de diciembre de 2020 que fue publicado en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020. Se mantienen para esa campaña la misma escala progresiva de las anteriores, así como los porcentajes de descuento de la bonificación por pronto pago (5%) y por el uso de los canales electrónicos (3%). Los modelos de declaración jurada para las campañas 2020 y 2021 tanto la DJ 08 Excel: herramienta informática que calcula el Impuesto sobre los Ingresos Personales y permite llenar la planilla, como en formato PDF se pueden obtener en la sección Descargas del Portal Tributario cubano , el apartado Modelos y Formularios. Las DJ 08 Excel de cada proceso aparecen bajo el nombre: DJ 08 EXCEL DECLARACIÓN JURADA IMPUESTO SOBRE INGRESOS PERSONALES TCP Y OTROS 2020 y DJ 08 EXCEL DECLARACIÓN JURADA IMPUESTO SOBRE INGRESOS PERSONALES TCP Y OTROS PARA 2021. La ONAT le desea un feliz y próspero 2021.
¡A su disposición el resumen de todas las gacetas del ordenamiento y las que modifican la Ley Tributaria en solo 2 documentos!
24 dic. 2020 | 703
El Portal Tributario cubano pone a disposición de los contribuyentes y la ciudadanía dos documentos que incluyen todas gacetas oficiales relacionadas con el ordenamiento monetario y enuncian las legislaciones contenidas en cada una, junto con un resumen de lo que establecen las normas, así como las modificaciones que introducen al Sistema Tributario. Uno se titula “Resumen de las gacetas oficiales con las normas del ordenamiento monetario” y el otro: “Modificaciones a la Ley 113 del Sistema Tributario y su reglamento, El Decreto 308 De 2012, a partir de la aprobación de las nuevas legislaciones del ordenamiento monetario”. Ambos fueron elaborados por la Dirección Jurídica de la ONAT, aparecen en el apartado Legislación y se publicaron desde la inauguración del Portal Tributario, el martes 22 de diciembre de 2020. El primero expone el nombre de cada una de las 9 gacetas que disponen el ordenamiento (de la No.68 a la No.76 de diciembre de 2020) y las normas legales que contiene cada una, acompañadas de un pequeño resumen de lo que establecen. Esta herramienta de ayuda permite que los usuarios conozcan lo fundamental de todos los paquetes legislativos en un solo lugar. De modo que no tengan que abrir una por una de las gacetas contenidas en dicha sección, sino solo aquella que le interesa consultar. No obstante vale aclarar que en el mencionado apartado del portal también aparecen las principales normas contenidas en cada gaceta y un extracto de lo que establecen, aunque menos amplios que los mostrados en la citada herramienta. Por su parte, el segundo documento, consiste en una compilación de las normativas del ordenamiento que inciden sobre el Sistema Tributario y expone las modificaciones que estas legislaciones imponen a la aplicación de los tributos establecidos en la Ley No.113 del Sistema Tributario cubano. El contenido de dichos documentos y de las normativas a las que se refieren, es de vital importancia para los contribuyentes y la ciudadanía pues inciden directamente en su situación económica, tributaria y por ende en su vida cotidiana. Así que instamos todos los usuarios revisarlos, compartirlos y comunicarnos cualquier duda que surja al respecto por el propio Portal Tributario, por los correos de consulta, las redes sociales o por el grupo de Telegram OnatdeCuba Dudas y Comentarios.
La ONAT aclara que sí se puede pagar por Transfermóvil y enseña cómo hacerlo con dos tutoriales
21 dic. 2020 | 5124
La ONAT informa a todos los contribuyentes que la aplicación Transfermóvil no presenta problemas técnicos para realizar los pagos,  ya que las bases de datos se encuentran actualizadas, pues se entregan con una frecuencia bimensual  a los Servicios de Pago REDS.A. del Banco Central de Cuba. Aconseja, por lo tanto a las personas con dificultades para realizar pagos,  que deben primero comunicarse con el Banco al cual se encuentran afiliadas para saber si existe algún fallo de conexión en la red. Si el incoveniente para realizar el pago persiste,  pueden escribir al Correo consulta , enviar sus datos y explicar en qué consiste específicamente el problema que afrontan para aportar sus tributos por esta pasarela de pago. Los usuarios que deseen actualizar la aplicación de Transfermóvil puede hacerlo en la sección de Descargas del portal. Ponemos también a  disposición de nuestros usuarios  un videotutorial actualizado al que pueden acceder desde nuestro Canal de Picta, y un tutorial en PDF, que explican de marena sencilla y clara cómo realizar los pagos de los tributos por esta apk. Esperamos que les sean de utilidad. Así facilitamos que haga su aporte puntual para el bien de todos.