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¡Firma digital para contribuyentes personas naturales!

La firma o certificado digital, conocido también como P12, permite a los contribuyentes personas naturales identificarse de forma legal y segura en internet y probar que son los autores de los documentos que firman (declaraciones juradas, reclamaciones u otros).

El P12 es la llave privada en el mundo virtual. Es responsabilidad del contribuyente NO REVELARLO para evitar que su identidad pueda ser suplantada.

 

El Portal Tributario, servicios en línea al alcance de un clic.
04 jun. 2026 | 161
Por: Dirección de Servicios al Contribuyente de la ONAT. El Portal Tributario de la ONAT, disponible en www.onat.gob.cu, constituye la plataforma institucional diseñada para facilitar los procesos tributarios y fortalecer la cultura fiscal en la ciudadanía. Hasta la fecha, más de 130 600 contribuyentes se encuentran registrados en el Portal Tributario. No obstante, esta cifra representa apenas el 14.2 % del total de inscritos en el Registro de Contribuyentes, lo que evidencia que el aprovechamiento de los servicios digitales sigue siendo limitado y requiere potenciar su utilización. En el caso de las Personas Naturales (PN), el total de usuarios registrados en el portal, 125 mil 785, constituye el 14.3 % de los 882 mil 065 contribuyentes inscritos y el 96.3% del total de registrados hasta la fecha. Por su parte, en cuanto a las Personas Jurídicas (PJ), el total de usuarios registrados en el portal, 4 mil 821, constituye el 12.9 % de los 37 mil 369 contribuyentes inscritos y el 3.7% del total de registrados hasta la fecha. Las provincias con más contribuyentes registrados, según el total de contribuyentes inscritos son: La Habana: 25.3% Matanzas: 18.2% Holguín: 14.9% Las provincias con más bajo comportamiento son: Mayabeque: 5.2 % Sancti Spíritus: 5.1 % Granma: 6.1% Guantánamo: 5.4 % Registrarse en el Portal Tributario es rápido y sencillo. Para acompañar a los contribuyentes en este proceso, en la sección de Descargas están disponibles tutoriales claros y prácticos que muestran, paso a paso, cómo completar el registro, restablecer la contraseña y acceder sin dificultad a los principales servicios en línea. Beneficios de utilizar el Portal Tributario Está al alcance de todos en cualquier momento y lugar donde se encuentren. Disponibilidad continua, porque el Portal funciona los 7 días de la semana, las 24 horas del día. Además, está alojado en un centro de datos seguro y preparado para operar de manera continua. Si en nuestra oficina Central o en las oficinas municipales de la ONAT se interrumpe el fluido eléctrico los servicios del portal se mantienen activos para los contribuyentes. Acceso a servicios en línea como las consultas de pagos efectuados por los contribuyentes, descarga de vectores fiscales, consultas especializadas y se trabaja para incorporar nuevos servicios que faciliten la gestión tributaria a nuestros contribuyentes. Garantiza ahorro de tiempo porque evita traslados físicos y reduce gestiones presenciales y contar siempre con información confiable y actualizada. Servicio disponible para Tenedores de Libros y Gestores En el Portal se ofrece un servicio para Tenedores de Libros y Gestores, que les permite acceder a los vectores fiscales y consultas de pagos de todos sus clientes. Para que este servicio funcione correctamente: Los tenedores de libros y gestores deben declarar previamente ante la ONAT en la que se encuentran inscritos, a sus clientes, sean del mismo municipio o de otro. Los funcionarios de nuestras oficinas son los responsables de registrar los datos declarados por los contribuyentes. El proceso de actualización concluye una vez que las oficinas municipales de la ONAT realizan la migra de la información hacia la Oficina Central, proceso que se realiza diariamente. Secciones disponibles con información pública sin necesidad de registro en el Portal Los servicios públicos del Portal están accesibles en las distintas secciones, las cuales se pueden visitar sin tener que estar registrados. Estas secciones son: Descargas: Puede encontrar todos los modelos de declaración Jurada en Excel y PDF y sus respectivos instructivos, tutoriales para registrarse Portal, restablecer contraseña, pagar por Transfermóvil, documentos de preguntas y respuestas y otros. Contactos: Dirección teléfono y correos de todas las oficinas del país. Legislación: Ley del Presupuesto, resoluciones complementarias y otras normas legales en materia de tributos. Noticias: Artículos de interés para brindar cultura tributaria. El Portal Tributario constituye una herramienta imprescindible en la actualidad para brindar asistencia correcta y oportuna a los contribuyentes. En el contexto actual, mantener un nivel de orientación adecuado fortalece la confianza ciudadana y potencia el uso de los servicios digitales, reduciendo la necesidad de atención presencial. El llamado es claro, regístrese en el portal, porque está diseñado para hacer más fácil y segura la relación de los contribuyentes con la Administración Tributaria. Da el paso y comienza hoy mismo a aprovechar todas las ventajas que ofrece.  Consejos útiles Manténgase informado en materia de tributos por los canales oficiales de la ONAT y del Ministerio de Finanzas y Precios. Todas las entidades inscritas en el Registro de Contribuyentes deben registrarse en nuestro Portal Tributario y podrán acceder a los servicios en línea que brindamos por esa vía, entre ellos, descarga del vector fiscal, consultas de pagos realizados, consultas especializadas, etc.   Además, pueden descargar modelos, formularios, legislaciones, respuestas a preguntas frecuentes, entre otros temas. Para acceder a los       tutoriales que explican cómo registrarse en el Portal Tributario dé clic sobre la palabra marcada en azul. Si cuando intenta registrarse visualiza una alerta que dice: Su NIT debe ser único, eso significa que ya se encuentra registrado en el Portal y solo tiene que poner su NIT y Contraseña y dar aceptar, en caso que haya olvidado su contraseña solo debe actualizarla siguiendo los pasos del tutorial que puede encontrar en: https://www.onat.gob.cu/home/modelos-formularios?page=10    Cuando tenga dudas y necesite asesoramiento, personalizado o no, consulte a su oficina tributaria. Desde nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu pueden acceder a los correos electrónicos y teléfonos de todas las oficinas tributarias del país, dando clic en el siguiente enlace: https://www.onat.gob.cu/home/contactos  
¡Atención! Declaración Jurada de Ingresos no Tributarios hasta el 31 de mayo.
20 may. 2026 | 129
Por: Dirección de Servicios al Contribuyente de la ONAT. El próximo 31 de mayo concluye el término voluntario para la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos no Tributarios (DJ-06), por tal motivo consideramos oportuno realizar algunas precisiones sobre este tema. ¿Qué norma legal establece estos aportes? La Resolución 332/2025 del Ministerio de Finanzas y Precios es la que establece lo relacionado con estos aportes. En tal sentido dispone que, las empresas estatales al cierre de un ejercicio económico, independientemente de sus resultados, quedan obligadas a presentar a la Oficina Nacional de Administración Tributaria del municipio correspondiente a su domicilio fiscal, la Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios hasta el 31 de mayo del año siguiente al del cierre del ejercicio económico. Los pagos a cuenta efectuados son deducidos de la obligación anual por este concepto. ¿Cuáles son los aportes no Tributarios que se declaran mediante la DJ-06? Mediante la DJ-06 las empresas estatales y las unidades empresariales de base con autorización para ello, determinan y liquidan anualmente de forma voluntaria el aporte por el rendimiento de la Inversión Estatal, según los pagos a cuenta realizados. Sin embargo, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, lo utilizan para declarar los dividendos. ¿Existe algún requisito que condicione la presentación de la declaración jurada? Las entidades presentan la Declaración Jurada de Ingresos no Tributarios una vez les haya sido aprobada por la autoridad facultada, la solicitud de creación de reservas voluntarias y el financiamiento descentralizado de las inversiones. ¿Qué sucede si las entidades no han recibido la aprobación para la creación de reservas voluntarias? Si las entidades no disponen de la aprobación de las provisiones y reservas propuestas, afectando el cumplimiento de esta obligación en el plazo previsto, les asiste el derecho de solicitar a la ONAT de su municipio, antes del vencimiento del término voluntario, el aplazamiento para la presentación de la declaración jurada, por un período de hasta dos (2) meses, es decir, hasta el 31 de julio. ¿Qué sucede si el resultado de la DJ es inferior a la suma de los pagos a cuenta efectuados trimestralmente? Si la obligación anual resulta inferior a la suma de los pagos a cuenta realizados, se solicita a la ONAT del municipio correspondiente al domicilio fiscal de la entidad, la devolución de la cantidad pagada en exceso, de acuerdo con lo regulado al respecto. Los requisitos para solicitar la devolución se encuentran en la sección Trámites del Portal Tributario. ¿Dónde puede obtenerse el modelo DJ-06? El modelo puede obtenerse desde nuestro portal Tributario, en la sección Descargas/Modelos y Formularios o dando clic sobre el nombre del modelo cada vez que aparece destacado en azul en esta noticia.  Igualmente es posible solicitarla a través de los correos electrónicos de consultas habilitados en todas las oficinas de la ONAT del país, u obtenerla directamente en las oficinas municipales, mediante dispositivos USB. ¿Cuáles son las vías para presentar la DJ-06? Las entidades que tengan firma digital pueden presentar la declaración jurada firmada electrónicamente a través del correo habilitado en la ONAT de su municipio, el que pueden obtener en la sección Contacto del Portal Tributario o entregarla directamente en su oficina, mediante dispositivo USB o en formato físico, firmado manualmente. ¿Qué sucede con las entidades que no presenten la DJ-06 en el término establecido? Transcurrido el término de presentación voluntario de la Declaración Jurada de Ingresos No Tributarios sin que esta se efectúe, los contribuyentes quedan sujetos a las sanciones previstas en la legislación tributaria vigente, en la cuantía y forma que en ella se establecen. Ley 113/2012 del Sistema Tributario, Decreto Ley 107/2025 Modificativo de la Ley 113 y Decreto 131/2025 Modificativo del Decreto 308. Por último, la presentación de la declaración jurada constituye un deber formal y al mismo tiempo un compromiso cívico, que debe cumplirse en el término y condiciones establecidos. En correspondencia con lo anterior, exhortamos a las entidades que todavía no han cumplido con este deber formal, a realizarlo antes de que venza el plazo, reafirmando así su responsabilidad y evitando posibles consecuencias derivadas del incumplimiento. Consejos útiles Manténgase informado en materia de tributos por los canales oficiales de la ONAT y del Ministerio de Finanzas y Precios. Todas las entidades inscritas en el Registro de Contribuyentes deben registrarse en nuestro Portal Tributario y podrán acceder a los servicios en línea que brindamos por esa vía, entre ellos, descarga del vector fiscal, consultas de pagos realizados, consultas especializadas, etc.    Además, pueden descargar modelos, formularios, legislaciones, respuestas a preguntas frecuentes, entre otros temas. Para acceder a los tutoriales       que explican cómo registrarse en el Portal Tributario dé clic sobre la palabra marcada en azul. Si cuando intenta registrarse visualiza una alerta que dice: Su NIT debe ser único, eso significa que ya se encuentra registrado en el Portal y solo tiene que poner su NIT y Contraseña y dar aceptar, en caso que haya olvidado su contraseña solo debe actualizarla siguiendo los pasos del tutorial que puede encontrar en: https://www.onat.gob.cu/home/modelos-formularios?page=10     Cuando tenga dudas y necesite asesoramiento, personalizado o no, consulte a su oficina tributaria. Desde nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu pueden acceder a los correos electrónicos y teléfonos de todas las oficinas tributarias del país, dando clic en el siguiente enlace: https://www.onat.gob.cu/home/contactos
Resultados de la Campaña de declaración y pago de tributos 2026.
15 may. 2026 | 169
Como cada año, desde el mes de enero y hasta el 30 de abril se desarrolla la Campaña de declaración y pago de tributos del ejercicio fiscal 2025. Dentro de dicha campaña se destaca, por su peso recaudatorio, la del Impuesto sobre Utilidades que tiene un término de presentación y pago hasta el 31 de marzo y tiene como sujetos obligados los siguientes: Todas las personas jurídicas cubanas por el total de ingresos obtenidos, cualquiera que sea el país de origen de estos. Las personas jurídicas extranjeras por los ingresos obtenidos en el territorio nacional, cuenten o no con establecimiento permanente en Cuba. Hasta el 30 de abril se lleva a cabo la liquidación del Impuesto sobre Ingresos Personales a la que están obligadas las personas naturales que desarrollan el trabajo por cuenta propia, el sector artístico, periodistas, diseñadores y comunicadores sociales y el personal que recibe gratificaciones. Además, se incluye el sector agropecuario y los socios de las Mipymes por los dividendos devengados. En el cumplimiento del impuesto sobre Ingresos Personales por figuras, se destacan las provincias Pinar del Río, Artemisa, Mayabeque, Cienfuegos, Ciego de Ávila, Santiago de Cuba, Guantánamo y el municipio especial Isla de la Juventud, que concluyeron el proceso con el 100 % de presentación, y un total de 145 municipios culminaron con el 100% de presentación, que representa el 86.3% de los municipios del país. De un total de 386 mil 344 Personas Naturales obligadas a declarar este impuesto, lo hicieron 383 mil 935, que representa un 99.4% de cumplimiento. Comportamiento ligeramente inferior a igual período del año anterior que fue el 99.8%. Quedaron 2 mil 409 contribuyentes sin declarar. Las figuras que inciden en estos resultados son de TCP 2.281, Artistas fueron 102 y del Personal que recibe gratificaciones no presentaron 26.  El comportamiento por figuras es el siguiente: Trabajadores por cuenta propia: De un potencial de 353 mil 161 presentaron su declaración jurada 350 mil 880, para un 99.4 % de cumplimiento, ligeramente inferior al año anterior que cerró al 99.8 %. Excepto La Habana, Matanzas, Camagüey, Las Tunas y Granma, el resto de las provincias concluyeron con el 100 %. Sector artístico: De un potencial de 25 mil 473 presentaron declaración jurada 25 mil 371 que representa un 99.6 %, superior al año anterior que concluyó al 99 %. Concluyeron con el 100 % todas las provincias, exceptuando a La Habana. Comunicadores Sociales y Diseñadores: De un potencial de 613, todos presentaron su declaración jurada, para un 100 % de cumplimiento. Resultado similar al alcanzado el año anterior. Personal que labora en sucursales extranjeras: De un potencial de 7 mil 097 declararon 7 mil 071 que representa un 99.6 %, ligeramente inferior al año anterior que concluyó al 99.9 %. De las 14 provincias con obligados, no concluyeron con el 100 % La Habana y Granma. Sector Agropecuario: De un total de 95 mil 603 contribuyentes obligados a declarar, presentaron declaración jurada un total de 95 mil 544 declaraciones juradas, para un 99.9% de cumplimiento. El comportamiento es ligeramente inferior a igual periodo del año anterior que declaró el 100% de los obligados. Concluyeron con el 100% de presentación, todas las provincias excepto La Habana y Las Tunas. De los 167 municipios con potencial a declarar, 165 concluyeron con el 100 % de presentación. Quedaron 59 contribuyentes sin declarar. Dividendos (socios Mipymes): De un total de 14 mil 896 socios de Mipymes obligados a declarar Impuesto sobre Ingresos Personales, por los dividendos devengados, lo hicieron 14 mil 831, que representa un 99.6 % de cumplimiento, comportamiento superior al año anterior que concluyó con un 98.1 %.  Concluyeron con el 100% de presentación 11 provincias y de los 168 municipios del país 157 concluyeron con el 100 % de presentación.  Quedaron 65 socios sin declarar de 11 municipios. Los municipios que no concluyen son 3 de La Habana, 1 de Matanzas, 1 es de Villa Clara, 1 de Sancti Spíritus y 5 de Holguín. En el caso del Impuesto sobre Utilidades a que están obligadas las Personas Jurídicas se recibieron 19 mil 900 declaraciones juradas, de un potencial de 19 mil 989 contribuyentes obligados a declarar, para un 99.6% de cumplimiento, ligeramente inferior al año anterior que la presentación fue del 99.8%. Concluyeron con el 100% de presentación 10 territorios: Pinar del Río, Mayabeque, Cienfuegos, Sancti Spíritus, Ciego de Ávila, Camagüey, Las Tunas, Granma, Santiago de Cuba e Isla de la Juventud. De los 168 municipios del país, 156 culminaron al 100 % de presentación, el 92.8%. No concluyeron al 100 %, 12 municipios de Artemisa 1, de La Habana 4, de Matanzas 2, de Villa Clara 1, 3 de Holguín y 1 de Guantánamo. El comportamiento de las Mipymes, fue del 99.3% de presentación ya que, de un total de 9 mil 671 obligadas a declarar, lo hicieron 9 mil 601. Resultaron omisas o sea no declararon 89 entidades, 2 son Empresas de Subordinación Municipal, 4 son Proyectos de Desarrollo local PDL, 70 son Mipymes, 2 CNA y 11 que son de otras formas organizativas. Los resultados obtenidos han sido favorables, fruto del esfuerzo conjunto de la ONAT y las instituciones del territorio. Es justo resaltar el acompañamiento brindado desde el inicio por la ANAP, la ACCS y el MINCULT en el marco de la Campaña. Asimismo, extendemos nuestro reconocimiento a todos los contribuyentes —tanto personas naturales como jurídicas— que cumplieron con esta obligación de manera correcta y dentro del plazo establecido. Su responsabilidad y compromiso han sido esenciales para alcanzar estos logros.
¡Alerta! Concluye el 30 de abril la Campaña de Declaración y Pago de Impuesto sobre Ingresos Personales.
27 abr. 2026 | 206
Por: Dirección de Servicios al Contribuyente de la ONAT Concluye el próximo 30 de abril la Campaña de Declaración y Pago del Impuesto sobre Ingresos Personales. El pasado 6 de enero inició la campaña de Declaración Jurada y Pago de Tributos 2026, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 181 del Presupuesto del Estado para este año 2026 y grava los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal 2025. Este proceso involucra a la mayoría de los contribuyentes, autoridades de los territorios y a los organismos rectores de las diferentes actividades. Su objetivo fundamental consiste en asegurar la recaudación de los ingresos para el Presupuesto del Estado que permita el financiamiento de los servicios públicos y programas sociales. La ONAT, previo al inicio de la campaña puso a disposición de todos los contribuyentes, a través del Portal Tributario y las oficinas tributarias del país, los modelos de declaración jurada que se deben utilizar por los contribuyentes que deben declarar, los instructivos para su llenado y tutoriales para el pago. De igual forma, se realizan acciones de comunicación y asesoría, tanto en los medios de comunicación nacionales como provinciales para garantizar el éxito de este importante proceso. Desarrollo de la Campaña Quiénes deben presentar declaración jurada de Impuesto sobre Ingresos Personales Trabajadores por Cuenta Propia, inscritos en el Registro de Contribuyentes antes del 1ro de diciembre del año que se liquida, Artistas e intelectuales, periodistas, Comunicadores Sociales y diseñadores, El personal que labora en sucursales extranjeras y recibe gratificaciones, Las personas naturales del sector agropecuario, Los socios de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), Los ciudadanos cubanos designados como representantes de las representaciones comerciales extranjeras en Cuba y, Las personas naturales titulares de proyectos de desarrollo local. Seguidamente se muestra el comportamiento por cada sector de contribuyente, sujeto al pago de este impuesto: Personas naturales (DJ-08) De un total de 404 mil 529 contribuyentes obligados a declarar el Impuesto sobre Ingresos Personales, lo han hecho 328 mil 951, que representa un 81.3% de cumplimiento, comportamiento superior a igual período del año anterior, en el que había declarado el 79.9 % de los obligados. Concluyeron con el 100 % de presentación 39 municipios del país: Pinar del Río 3, Artemisa 2, Mayabeque 3, Villa Clara 2, Sancti Spíritus 3, Cienfuegos 2, Ciego de Ávila 4, Camagüey 5, Holguín 6, Las Tunas 1 y Guantánamo 8. Los territorios que se destacan con los resultados más favorables son: Pinar del Río, Mayabeque y Cienfuegos. Se señalan con el comportamiento más desfavorable (por debajo de la media nacional de 81.3%), las provincias: Ciego de Ávila, Camagüey, Las Tunas, Granma y el municipio especial Isla de la Juventud. El sector de contribuyentes con los resultados más favorables es el de los Comunicadores Sociales y Diseñadores, que muestra un 96.1% de cumplimiento. Sin embargo, el sector artístico es el más rezagado hasta la fecha, con un 76.2%. Personas naturales. Sector Agropecuario Se han recibido un total de 85 mil 167 declaraciones juradas, de un total de 96 mil 737 contribuyentes que deben declarar, para un 88% de cumplimiento. Comportamiento inferior a igual periodo del año anterior que había declarado hasta la fecha, el 90.5% de los obligados. Concluyeron con el 100% de presentación 111 municipios del país: Pinar del Río 9, Artemisa 6, La Habana 13, Mayabeque 7, Matanzas 7, Villa Clara 6, Cienfuegos 6, Sancti Spíritus 5, Ciego de Ávila 5, Camagüey 11, Las Tunas 3, Holguín 13, Granma 6, Santiago de Cuba 5 y Guantánamo 9. Se destacan las provincias: La Habana, Cienfuegos y Holguín. Se señalan por debajo de la media nacional de 88%, las provincias: Mayabeque, Matanzas, Villa Clara, Ciego de Ávila, Las Tunas y Granma. Dividendos (socios Mipymes) De un total de 14 mil 989 socios de mipymes que deben a declarar Impuesto sobre Ingresos Personales, por los dividendos devengados, lo han hecho 13 mil 147, que representa un 87.7% de cumplimiento. Comportamiento superior a igual periodo del año anterior que había declarado hasta la fecha, el 76.9% de los obligados. La provincia de Guantánamo concluyó con el 100% de presentación de las declaraciones juradas de los socios. Se destacan además, con los mejores resultados, las provincias: Pinar del río y Cienfuegos. Concluyeron 100 municipios del país: Pinar del Río 8, Artemisa 8, La Habana 3, Mayabeque 9, Matanzas 4, Villa Clara 6, Cienfuegos 5, Sancti Spíritus 7, Ciego de Ávila 6, Camagüey 12, Las Tunas 4, Holguín 7, Granma 5, Santiago de Cuba 6 y Guantánamo 10 (todos los municipios). Se señalan con los resultados más desfavorables, por debajo de la media nacional de 87.7%, las provincias: Matanzas, Villa Clara, Ciego de Ávila, Camagüey, Las Tunas, Granma y el municipio especial Isla de la Juventud. Acciones que realiza la ONAT ante los incumplimientos Cuando concluye el término voluntario para la presentación y pago de la declaración jurada, la Administración Tributaria procede a actuar con todos los contribuyentes que incumplieron con este deber formal. Dentro de las sanciones establecidas en la legislación vigente y que son competencia de la Administración Tributaria, se encuentran: Aplicación de multas de altas cuantías Embargo de cuentas bancarias Regulaciones migratorias Solicitud de cierre temporal y definitivo de establecimientos Además, se exige al contribuyente la presentación de la declaración jurada. Recordamos que cumplir con las obligaciones tributarias dentro del plazo establecido es una responsabilidad de los contribuyentes. Los tributos que se aportan no solo reflejan este compromiso, también son fundamentales para financiar los gastos sociales y garantizar la prestación de los servicios públicos. Consejos útiles Manténgase informado en materia de tributos, por los canales oficiales de la ONAT y del Ministerio de Finanzas y Precios. La presentación de la declaración jurada es obligatoria, aunque el contribuyente no haya realizado operaciones durante el año o no resulte impuesto a pagar. Si todavía no ha presentado su declaración jurada de Impuesto sobre Ingresos Personales, hágalo ya, dejarlo para el último día no es una opción adecuada, teniendo en cuenta que cualquier inconveniente puede afectar el cumplimiento de esta obligación. Si de la confección de la declaración jurada, resulta impuesto a pagar, utilice los canales de pago electrónicos y recibirá un descuento del 3 % del importe a pagar. Si es contribuyente inscrito en el registro de Contribuyentes, regístrese en nuestro Portal Tributario y acceda a los servicios que brindamos por esa vía. Además, descargue modelos, formularios, legislaciones, etc. Para acceder a los tutoriales que explican cómo registrarse en el Portal Tributario dé clic sobre la palabra marcada en azul. Acceda a nuestro Portal Tributario, sección Descargas y obtenga los diferentes tutoriales que ponemos a su disposición y que explican cómo efectuar el pago de los tributos a través de la aplicación Transfermóvil. Cuando tenga dudas y necesite asesoramiento, personalizado o no, consulte a su oficina tributaria. Desde nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu pueden acceder a los correos electrónicos y teléfonos de todas las oficinas tributarias del país, dando clic en el siguiente enlace: https://www.onat.gob.cu/home/contactos

Los contribuyentes personas naturales (ciudadanos) que utilizan los canales eletrónicos de pago para aportar sus tributos se benefician con un descuento del 3% del importe a pagar.

Todos los contribuyenes deben conocer y consultar siempre su vector fiscal. En él está toda la información básica que necesitan para cumplir correcta y puntualmente con sus obligaciones tributarias.