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Todos los TCP presentan DJ este año, tanto los del régimen general como los del simplificado.

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Todos los TCP presentan DJ este año, tanto los del régimen general como los del simplificado.
Publicado: 12 ene. 2023
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Entérese, además, de otras 7 importantes cuestiones que deben tener en cuenta estos contribuyentes.

Este año todos los trabajadores por cuenta propia (TCP), tanto los del régimen general (RG) como los del simplificado (RS), presentan la declaración Jurada (DJ) del Impuesto sobre los Ingresos Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2022, según dispone la Ley No.157 del Presupuesto del Estado para 2023.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) informa, además, que existen otras 7 importantes cuestiones que deben tener en cuenta los TCP, en el proceso de presentación de la DJ que comenzó el pasado 9 de enero y se extiende hasta el 2 de mayo, también de acuerdo con lo estipulado en citada Ley No.157.

Dichas cuestiones son las siguientes:

  1. Los trabajadores contratados del TCP no tienen que presentar DJ.
  2. Los TCP del RS no liquidan el tributo, o sea, no pagan, si sus ingresos anuales no superan los 200 mil pesos, en caso contrario sí deben aportar el impuesto.
  3. Para que los TCP del RS solo llenen las partes de la DJ correspondientes a su régimen de tributación, está habilitada en la Página 1 de la DJ 08 Excel, la casilla A, que les permite especificar que son del RS. Esto les facilita el cálculo del tributo.
  4. La DJ08 Excel, es una herramienta informática que además de facilitar el llenado de la planilla, calcula el impuesto sobre los ingresos personales si se colocan los datos siguiendo las instrucciones de llenado del modelo, que luego puede imprimirse y entregarse firmada en los buzones habilitados en las oficinas tributarias.
  5. Los TCP que poseen firma o certificado digital podrán presentar sus declaraciones juradas (llenadas con la DJ-08 Excel) a través del Portal Tributario.
  6. A los contribuyentes que declaren y paguen el tributo antes del 28 de febrero se les descuenta el 5% del importe a pagar como bonificación por pronto pago y si realizan el aporte por Transfermóvil o Telebanca se les descuenta, además, un 3% por utilizar ests vía electrónicas.
  7. La DJ que se presenta este año corresponde a los ingresos obtenidos por el negocio en 2022, por tanto se paga con el vector fiscal de ese año.

Además de estos elementos, existen otros que no pueden obviarse, y que la ONAT recomienda a los TCP tener muy presentes:

  • Deben asegurarse de ubicar correctamente en la DJ08 Excel todos los datos personales y numéricos, en los lugares indicados por el instructivo. Esto garantizará que su declaración no sea rechazada y que, si la presenta a través del portal u otra vía electrónica, el proceso transcurra y culmine exitosamente. 
  • Si utilizan la opción del buzón, imprimen 2 modelos y los firman, uno lo depositan y el otro se queda en su poder y deben conservarlo por 5 años.
  • En caso de presentar la declaración fuera del término legalmente establecido, se les aplicarán el recargo y las sanciones previstas en la legislación tributaria.
  • Con la firma digital pueden declarar en cualquier momento (las 24 horas del día, los 7 días de la semana) y lugar, desde la comodidad de su móvil, computadora o tableta, por eso la ONAT les recomienda obtenerla.
  • Acogerse a la bonificación por pronto pago y aportar el impuesto mediante canales electrónicos representan una fuente de ahorro para sus negocios.

Y la final: tomar en consideración todo lo anterior y actuar en consecuencia garantizará el cumplimiento correcto y puntual de la obligación de declarar el Impuesto sobre los Ingresos Personales.

(Los textos destacados en azul constituyen enlaces. Pulse sobre ellos para acceder a los documentos a los cuales hacen referencia)

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