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Las notarías aceptarán y radicarán los pagos electrónicos del Impuesto sobre Trasmisión de Bienes y Herencias.

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Las notarías aceptarán y radicarán los pagos electrónicos del Impuesto sobre Trasmisión de Bienes y Herencias.
Publicado: 25 feb. 2021
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El pago del Impuesto sobre sobre Trasmisión de Bienes y Herencias puede hacerse mediante los canales electrónicos existentes en el país, según indicaciones emitidas por la Dirección Nacional de Notarías.

La primera de estas disposiciones señala, además de lo anterior, que los notarios y registradores de la Propiedad tienen la obligación de verificar el pago del tributo por Transfermovil, Telebanca, los cajeros automáticos, la Banca Remota del Banco de Crédito y Comercio (BANDEC) y del Banco Popular de Ahorro (BPA) u otros que se habiliten y asumir la acreditación de dicha liquidación electrónica o de la realizada  mediante el modelo DJ-05 Declaración Jurada del Impuesto sobre Transmisión de Bienes y Herencias.

Por su parte la segunda indicación especifica que cuando se solicite un nuevo acto notarial o la inscripción de un título gravado por el tributo y el aporte de este se haya realizado por vía digital, se hará constar el hecho en la escritura pública o se  anotará en la columna destinada a “Relación de documentos presentados” del Libro Diario de Radicación el texto siguiente:  “pagado por Transfermovil (u otro), el impuesto, mediante el teléfono número _____, transacción número _____”.

Para completar dichos datos el funcionario actuante exigirá previamente a la persona el número de teléfono y que le muestre la notificación de pago del tributo contenida en el móvil, o sea el número de la transacción.

Finalmente, para efectuar el asiento de la inscripción consignará, en el apartado destinado al impuesto, los mismos datos recogidos en el Libro Diario de Radicación.

Estas decisiones anunciadas por la Dirección Nacional de Notarías, son congruentes con la simplificación de trámites que se ha puesto en marcha como parte del Ordenamiento Monetario.

Quienes utilizan los canales electrónicos de pago para abonar sus tributos se benefician con el descuento de un 3% del importe a pagar.

Para aquellos que deseen hacer el pago por Transfermovil, existe en el portal un tutorial, en la sección Descargas/Modelos y Formularios que enseña cómo efectuarlo. En dicha sección, en el subapartado Aplicaciones, también es posible adquirir la última versión de este conocido canal electrónico de pago.

A los ciudadanos que decidan realizar el aporte en las sucursales bancarias le damos la oportunidad de descargar la DJ-05. Pueden obtenerla, además, en la sección Descargas/Modelos y Formularios del Portal Tributario.

 

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