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Con Firma digital la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades antes del 31 de marzo

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Con Firma digital la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades antes del 31 de marzo
Publicado: 20 feb. 2024
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Las empresas y entidades cubanas y extranjeras que hayan obtenido utilidades imponibles en 2023, independientemente de su forma de organización o propiedad, están obligadas a presentar la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades para liquidar el ejercicio fiscal 2023.

Nos referimos a las empresas estatales de subordinación nacional, provincial y municipal; las cooperativas de producción agropecuaria CPA, las de créditos y servicios (CCS); las unidades básicas de producción cooperativa (UBPC); Las cooperativas no agropecuarias (CNA), las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las extranjeras y empresas mixtas, así como las micro pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), los Proyecto de Desarrollo Local (PDL), entre otras.

Para esta Campaña, la presentación de dicha declaración Jurada se hará con firma digital, según lo establece la Resolución 8 del 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios publicada en la Gaceta Ordinaria No 15 del 15 febrero del 2024, que en su Resuelvo Único plantea: ¨Disponer con carácter obligatorio, la presentación en formato digital de la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades, correspondiente a las personas jurídicas, de conformidad con las indicaciones que disponga la Oficina Nacional de Administración Tributaria¨.

Para obtener su firma digital, el representante legal de la entidad debe hacer la solicitud a cualquiera de las entidades que emiten estos Certificados electrónicos, ya sea SOFTEL, DESOFT, XETID, SEGURMÁTICA, DATYS, entre otros.

Lo que debe conocer sobre la Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades

Debe presentarse y pagarse antes del 31 de marzo

Tiene que estar firmada digitalmente.

Utilice para el llenado de su Declaración Jurada del Impuesto sobre Utilidades el modelo en formato en Excel publicado en la Sección Descargas de nuestro Portal Tributario, que contiene su Instructivo.

Una vez llenado el modelo y firmado por el representante legal, puede enviarla al correo electrónico consultas de la ONAT de su municipio.

Envíe el PDF firmado y el modelo en formato Excel.

Los correos electrónicos consultas los puede encontrar disponibles en el Portal, en la sección Contactos: https://www.onat.gob.cu/home/contactos

La ONAT le recuerda que el cumplimiento correcto y puntual de esta obligación, además de un deber formal, constituye un deber cívico, ya que con su pago se potencian los ingresos al presupuesto por este concepto, que como se conoce se destinan al financiamiento de los gastos públicos y del desarrollo de los territorios.

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