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Lo que debe saber para descontarse el gasto en la declaración jurada de ingresos personales DJ 08 y DJ12
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Publicado: 16 feb. 2024
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El Decreto Ley 21 del 2020 estableció que desde el ejercicio fiscal 2021, los contribuyentes pueden descontarse en su Declaración Jurada del Impuesto sobre ingresos personales, el 100% de gastos, siempre que tenga la justificación documental del 80% de los mismos, sobre esto debe conocer que:
Todos los gastos, tanto los justificados (porque cuentan con documentos probatorios) como los que no lo son, tienen que estar recogidos en los registros de ingresos y gastos y en los contables.
Los porcentajes de gastos se asocian al total gastos registrados contablemente.
Existe un 20% que no necesita justificantes para descontarse, considerando los problemas de facturación que hay en el país.
Nunca se pueden descontar gastos superiores a los que se encuentran registrados, o sea el máximo a descontar es el 100%.
Si se posee justificación documental de más del 80% y hasta el 100% se descuenta el 100%.
Si el contribuyente no incurre en gastos, lógicamente no puede tenerlos registrados, por lo tanto, no se descuenta nada por este concepto.
Si los registró y no tiene justificación documental alguna se descuenta el 20% de los registrados.
No aplica para el sector que recibe Gratificaciones que se descuenta como gastos deducibles el 10%.
Se han publicado 6 comentario(s)
Rafael Clemente Bermudez Pérez dijo:
Realmente disponer del portal de la Onat es de gran ayuda para los contribuyentes, es una gran herramienta de información.
14 abr. 2024 /
responder
ONAT dijo:
Muchas gracias, trabajamos en mejorar y crear nuevos servicios para crear facilidades a los contribuyentes.
15 abr. 2024 /
responder
Regla Deyanira Jiménez del Valle dijo:
El sector de la Cultura digase solistas artes escénicas poetas q contribuyen pero no son TCP aplica para ese sector q recibe gratificaciones?
18 abr. 2024 /
responder
ONAT dijo:
Regla, el sector de la Cultura utiliza el modelos DJ 08 EXCEL DEL 2024- DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO SOBRE INGRESOS PERSONALES EJERCICIO FISCAL 2023.
19 abr. 2024 /
responder
Francisco Edelmiro Rodríguez Arencibia dijo:
Buenas Desde enero espero la rectificación de mi vector fiscal
19 abr. 2024 /
responder
ONAT dijo:
Buenas tardes Francisco, pudiera escribir al correo consultas para saber cual es el error?. Los cambios en el vector hay que hacerlos en la ONAT del municipio.
19 abr. 2024 /
responder