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Importación de alimentos, medicamentos y aseo en tres resoluciones de la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 62 de 2021

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Importación de alimentos, medicamentos y aseo en tres resoluciones de la Gaceta Oficial   Extraordinaria No. 62 de 2021
Publicado: 17 jul. 2021
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La importación sin carácter comercial de alimentos, medicamentos y aseo por las personas naturales, sin límite de cantidades, peso, valor y exento de aranceles de aduana ya fue dispuesta en tres resoluciones publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.62 del 16 de julio de 2021.

Las normas que ponen en vigor, con carácter temporal, la medida anunciada por el primer ministro, Manuel Marrero Cruz, en la Mesa Redonda del 14 de julio, son las resoluciones No.213 de la Aduana General de la República, la No.309 del Ministerio de Finanzas (MFP)  Precios y la No.128 del Ministerio de Salud Pública (MINSAP).

La resolución de la Aduana (No.213) dispone que los alimentos, medicamentos y los productos de aseo pueden importantes sin límites en cantidades pero deben presentarse ante esa autoridad en bultos separados del resto de los artículos que forman parte del equipaje.

También dispone que los recursos de apelación iniciados y sin concluir al momento de la entrada en vigor de la nueva norma, se rigen por lo estipulado en ella.

Por su parte la posibilidad de introducir los citados productos independientemente de su valor y sin pagar aranceles por ellos, hasta el 31 de diciembre de 2021, fue estipulado en la resolución 309 del MFP. La cual especifica, en su Disposición Especial que "para viajeros que arriben por los aeropuertos de los polos turísticos de Varadero y Cayo Coco, el beneficio se limita a un equipaje, con arreglo a las medidas sanitarias dispuestas para el enfrentamiento a la COVID-19".

Por su parte la resolución No.128 del MINSAP suspende,también hasta el 31 de diciembre de este año, el límite en el peso para las importaciones de medicamentos, en envases originales.

La Gaceta Oficial Extraordinaria No. 62 puede obtenerse en la sección Legislación del Portal Tributario o dando clic en el presente artículo sobre el nombre de esta y de las resoluciones que la componen.

Se han publicado 2 comentario(s)

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Nelson Néstor Boladeres Recio dijo:

Existen entradas actualmente al país que no sean por los polos de Varadero y Cayo Coco?. Pienso en el beneficio que pueda traer o no a los que arriben por esos aeropuertos. Gracias. Saludos.

17 jul. 2021 / responder
ONAT dijo:

Nelson: sí existen y los ciudadanos que entren al país por esas otras vías contarán con el beneficio. Saludos y gracias por su comentario.

30 jul. 2021 / responder