backtotop

¡Queda solo una semana para presentar la DJ y pagar el impuesto sobre Utilidades!

Compartir en :
¡Queda solo una semana para presentar la DJ y pagar el impuesto sobre Utilidades!
Publicado: 23 mar. 2021
230

Quedan apenas 7 días para que culmine el plazo de presentación de la declaración jurada (DJ) y pago el impuesto sobre los Utilidades que deben aportar las personas jurídicas cubanas y extranjeras que obtengan utilidades imponibles independientemente de su forma de organización o régimen de propiedad.

El plazo para la liquidación de este tributo abarca del 28 de enero al 31 de marzo de 2021 y hasta el día 15 de este mes la ONAT habían recibido 2 mil 153 declaraciones, apenas el 33% de 6 mil 414 tienen que presentarse el actual año.

Este impuesto es uno de los que más ingresos tributarios aporta al Presupuesto del Estado cubano y lo pagan las empresas estatales de subordinación nacional, provincial y municipal; las Cooperativas No Agropecuarias (CNA), de Producción Agropecuaria (CPA), de Créditos y Servicios (CCS); las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC), las Sociedades Mercantiles de Capital Totalmente cubano, las Sociedades Mercantiles Extranjeras, otras formas organizativas.

El comportamiento por forma organizativa, de menor a mayor porcentaje de declaraciones presentadas es el siguiente:

  • Las Unidades Básicas de Producción Cooperativa (UBPC): 10.7 %.
  • Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA): 14.3 %.
  • Las Cooperativas de Créditos y servicios (CCS): 25 %.
  • Empresas de Subordinación Nacional: 43.3 %.
  • Empresas de Subordinación Provincial: de 318, lo han hecho 123 para un 38.7 %.
  • En otras formas organizativas: 40.5 %.
  • Empresas de Subordinación Municipal: 39.3%.
  • Las Cooperativas No Agropecuarias (CNA): 49.3 %.
  • Las Sociedades Mercantiles de Capital Totalmente cubano y sus Sucursales: 50.6 %.
  • Las Sociedades Mercantiles Extranjeras y Sucursales de Venta directa: 59.9 %.

La ONAT insta a todas las entidades obligadas a que presenten ya su DJ del Impuesto sobre Utilidades. De modo que, si surge alguna dificultad, esta pueda solucionarse antes de que finalice el período establecido para declarar.

Alerta, además, que incumplir con el acto de declaración y pago del tributo en el tiempo establecido, constituye una infracción sujeta a sanción en la legislación tributaria.

Se han publicado 2 comentario(s)

ATENCIÓN: Los campos marcados con (*) son campos obligatorios
Ana Martinez dijo:

Hola. Quisiera saber si van a extender el pago de los Ingresos Personales después de Abril. De no ser asi. Cómo seria la forma de efectuar el pago después de este mes. Habrá que pagar un impuesto por no pagar en el tiempo establecido a pesar de que el 2020 fue crítico. Cuál sería el porciento impuesto a pagar. Gracias. En espera. Ana Saludos

12 abr. 2021 / responder
ONAT dijo:

Ana: El plazo para presentar la declaración jurada y pagar el Impuesto sobre los ingresos personales concluye el próximo 30 de abril de 2021. La planilla se entrega depositando uno de los dos modelos que debe llenar en el buzón habilitado a tales efectos en las oficinas tributarias o enviándola por correo certificado a la oficina de la ONAT en la cual está inscrita. El pago, por su parte, puede hacerlo por transfermovil, Banca Telefónica, Banca Remota, cajeros automáticos y se le descuenta un 3% del importe a pagar por utilizar estos canales electrónicos. También puede aportar el impuesto en las sucursales bancarias. Si no tuviese dinero suficiente para liquidar el tributo puede solicitar un convenio de aplazamiento de la deuda tributaria. Si lo hace dentro del periodo voluntario, o sea, antes del 30 de abril, no se aplica el recargo por mora. Los requisitos para solicitar dicho convenio puede conocerlos en la sección Trámites del portal tributario. El acuerdo de aplazamiento puede anexarlo a la planilla de DJ que deposita en el buzón y debe comunicar sobre el mismo en la ONAT de su municipio. Los teléfonos y direcciones de las oficinas municipales se encuentran en la sección Contacto del portal en la parte superior derecha. Le advertimos que no deje la presentación ni el pago para los últimos días pues la DJ pudiera tener errores y ser rechazada y para, la ONAT, una DJ rechazada se considera no presentada. Además, cualquier imprevisto puede llevarlo a presentar o liquidar fuera de fecha y esto constituye una infracción tributaria sujeta a multas, además de que se le aplica el recargo por mora correspondiente, el cual depende del tiempo en que se haya retrasado el pago de la obligación. A continuación le resumimos los requisitos que debe cumplir para solicitar un convenio de aplazamiento: Debe solicitarlo mediante un escrito donde consten: • Sus nombres y apellidos; Número de Identificación Tributaria NIT y dirección del domicilio legal. • La información de la deuda tributaria que pretende aplazarse: importe, concepto y fecha en que finaliza el término voluntario de pago del tributo. • Las causas que motivaron el aplazamiento. • El tipo de aplazamiento que se pide, y si fuera con fraccionamiento, los plazos que se necesitan. • Información de los bienes muebles e inmuebles del patrimonio del deudor o del responsable, cuyo importe baste para el cumplimiento de la deuda tributaria; • Lugar, fecha de la solicitud y la firma del solicitante. • Todas las pruebas documentales que el deudor estime oportunas para apoyar su petición. ¿Qué no debe olvidarse al solicitar un aplazamiento de la deuda tributaria? • Que el aplazamiento es una potestad de la ONAT, la cual decide si aplaza toda la deuda tributaria o solo parte de ella. • Que su otorgamiento exige el pago de un interés. • Que el aplazamiento puede ser con fraccionamiento (en varios plazos), sin fraccionamiento, o combinar ambas modalidades. • Que una vez firmado el aplazamiento, se entiende que el deudor renuncia a reclamar la deuda. Saludos y gracias por su comentario.

13 abr. 2021 / responder