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Conoce sobre la Certificación Fiscal, una herramienta clave para la transparencia tributaria

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Conoce sobre la Certificación Fiscal, una herramienta clave para la transparencia tributaria
Publicado: 22 nov. 2024
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 Por: Dirección de Servicios al Contribuyente

A través de los diversos canales de comunicación disponibles por nuestra oficina, estamos recibiendo numerosas consultas sobre las certificaciones fiscales. Por ello, hemos decidido compartir con ustedes todos lo referente a este trámite que se realiza en nuestras oficinas.

El Decreto 308 de 2012 “Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios” dispone todo lo referente a este tema, específicamente en su Capítulo IV, Sección Quinta, Artículos del 55 al 57.

¿Qué es la certificación fiscal? La certificación fiscal es el documento que emite la Administración Tributaria que da fe de la situación fiscal actualizada de los contribuyentes.

De acuerdo con la norma legal, la certificación contiene las cuestiones siguientes:  

  1. Sobre la Inscripción en el Registro de Contribuyentes
  2. Sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales
  3. Sobre los Adeudos Fiscales con el Presupuesto del Estado
  4. Sobre los Beneficiarios de la Seguridad Social
  5. Sobre Residencia Fiscal en Cuba

Para obtener este documento, usted puede ser contribuyente o no serlo. Todas las personas naturales y jurídicas pueden solicitarlo y la oficina tributaria correspondiente está en el deber de emitirlo con apego a lo establecido.

De la solicitud de la certificación fiscal

Lo primero que debe hacer es presentar el modelo solicitud en la oficina de la ONAT del municipio donde reside o donde se encuentra inscrito como contribuyente, para llenar el modelo, puede asistirse de las instrucciones para el llenado de certificación fiscal, ambos disponibles en la sección “Descargas” de nuestro Portal Tributario, o los puede obtener dando clic en los nombres marcados en azul.

El modelo de solicitud de certificación fiscal debe estar firmado. Si es contribuyente y tiene firma digital, puede presentar el trámite por correo electrónico, o entregarlo en formato digital, en caso contrario, debe presentar la solicitud de forma presencial, en formato físico y firmada.

La solicitud debe contener, los aspectos que describe el modelo y que resumimos a continuación:   

  • Número de Identificación Tributaria (NIT) si es contribuyente y, si no lo es, el número de carné de identidad, marcando con una x, en la cuadrícula correspondiente, si se trata de una persona natural o jurídica
  • Nombres y apellidos de la persona natural o razón social de la persona jurídica que solicita la certificación fiscal
  • Domicilio legal/fiscal del contribuyente o ciudadano que solicita la certificación fiscal
  • Municipio y provincia de residencia legal del solicitante
  • Datos del representante, en este caso se reflejarán los nombres y apellidos del representante legal debidamente acreditado ante la ONAT municipal y su número de carné de identidad
  • Cuando la solicitud sea de Residencia Fiscal es imprescindible especificar el país en que se va a presentar
  • Uso de la certificación, se refiere al contexto en el que esta será usada, o sea, si se va utilizar dentro o fuera del territorio nacional
  • Datos de la solicitud, en este punto se deben elegir los datos que solicita sean reflejados en la certificación fiscal, todos los que requiera, siempre marcando en el espacio correspondiente
  • Causa de la solicitud, está relacionado con el motivo para el que se pide el documento
  • Sellos del timbre, en este caso, se elegirá la forma de presentación del sello, marcando con una x en el espacio que corresponda. Si tiene el sello en físico marca en la casilla correspondiente, en el caso de que lo haya adquirido un sello digital, en las oficinas de correo o por la aplicación Transfermóvil, debe especificar el número de Id del sello

De la emisión y los términos de la certificación fiscal

La ONAT dispone de un término de hasta quince (15) días naturales para la emisión de las certificaciones fiscales solicitadas, el que puede extenderse por diez (10) días naturales más, en caso de que se requiera una revisión por la instancia superior de la autoridad que debe emitirla.

Consideramos oportuno que se conozca que, cuando se certifica que no obran adeudos fiscales, es porque se ha cumplido con el pago de todas las obligaciones fiscales previstas, sin embargo, si el contribuyente es sujeto de una acción de control por parte de la ONAT y se detectan irregularidades en los aportes efectuados, se le determina la deuda y se exige el pago.

El trámite está gravado con sellos del timbre por concepto de Impuesto sobre Documentos, conforme se establece en la legislación vigente para el Impuesto sobre Documentos y las cuantías son las siguientes:

  • 20.00 pesos, para entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 “De la Inversión Extranjera”, los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, las organizaciones y asociaciones, y las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional.
  • 500.00 pesos, para las sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional, así como las personas naturales no residentes permanentes en el territorio nacional.

Esta certificación fiscal es válida por 3 meses (90 días), contados a partir de su fecha de emisión, para uso en el territorio nacional y de 6 meses (180 días) para uso fuera del territorio nacional.

En resumen, solicitar una certificación fiscal es una práctica que fomenta la transparencia, el cumplimiento y la buena gestión financiera, proporcionando múltiples beneficios tanto a nivel personal como comercial. Por tal motivo, solicitar una certificación fiscal a la administración tributaria es beneficioso y saludable para un contribuyente por varias razones:

  • Proporciona una verificación oficial de que el contribuyente ha cumplido con sus obligaciones fiscales. Esto puede ser crucial para demostrar cumplimiento ante terceros, como bancos o posibles socios comerciales.
  • Ayuda a mantener la transparencia en las transacciones financieras y comerciales. Proporciona un registro claro y documentado del historial tributario del contribuyente.
  • Permite realizar trámites y obtener licencias que, en muchas ocasiones, se requiere una certificación fiscal para obtenerlos o incluso para participar en ciertos contratos gubernamentales. Tenerla facilita estos procesos.
  • Sirve como herramienta para la planificación financiera y fiscal, ayudando al contribuyente a tener una visión clara de su situación tributaria y a tomar decisiones informadas.
  • Mantener una buena reputación fiscal puede mejorar la credibilidad y el prestigio del contribuyente ante clientes, proveedores e instituciones financieras.

Consejos útiles:

  1. Si es persona natural le sugerimos adquirir los sellos del timbre por la aplicación Transfermóvil y obtendrá un beneficio consistente en el descuento de un 3% del importe a pagar. En nuestro Portal se encuentra un tutorial para realizar la compra de sellos por Transfermóvil
  2. Si es contribuyente inscrito en el Registro de Contribuyentes, regístrese en nuestro Portal Tributario y acceda a los servicios que brindamos por esa vía. Además, descargue modelos, formularios, legislaciones, etc. Para acceder a los tutoriales que explican cómo registrarse en el Portal Tributario dé clic sobre la palabra marcada en azul.
  3. Acceda a nuestro Portal Tributario, aunque no se encuentre registrado, en la sección Descargas puede obtener, modelos, instructivos para su llenado, los diferentes tutoriales que ponemos a su disposición y que explican cómo efectuar el pago de los tributos a través de la aplicación Transfermóvil y otros documentos de interés.
  1. Si tiene dudas sobre este u otro tema concerniente a tributos y necesita asesoramiento, personalizado o no, consulte a la oficina tributaria de su municipio o la que esté más cercana a su domicilio. Desde nuestro Portal Tributario www.onat.gob.cu puede acceder a los correos electrónicos y teléfonos de todas las oficinas tributarias del país, dando clic en el siguiente enlace:  https://www.onat.gob.cu/home/contactos

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