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Lo que usted debe conocer sobre la Cuenta Bancaria Fiscal lo encontrará en esta noticia.

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Lo que usted debe conocer sobre la Cuenta Bancaria Fiscal lo encontrará en esta noticia.
Publicado: 11 jun. 2024
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Por: Dirección de Servicios al Contribuyente.

Todo lo relacionado con la Cuenta Bancaria Fiscal, ha suscitado inquietudes y comentarios. Con el objetivo de esclarecer estas dudas, explicaremos lo establecido al respecto.

¿Cuándo comenzó el proceso de bancarización de los ingresos de las personas naturales?

La bancarización de los ingresos de las personas naturales comenzó a articularse en el año 2018 y en correspondencia con las condiciones de los servicios bancarios en ese momento se definió, mediante la Resolución 197 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), la obligación de abrir y operar una cuenta bancaria fiscal a un grupo reducido de seis actividades del trabajo por cuenta propia, donde se concentraban altos niveles de ingresos y gastos. En el año 2019, a través de la Resolución 426 del propio ministerio, se extendió a otras actividades del trabajo por cuenta propia.

Como parte del proceso de actualización de los actores económicos, en el año 2021, se dispuso esta obligación para los trabajadores por cuenta propia que tributaban bajo el Régimen General, quedando establecido en la Resolución 347 del Ministerio de Finanzas y Precios.

En correspondencia con el proceso de bancarización en el que se encuentra inmerso nuestro país, el Ministerio de Finanzas y Precios emitió en octubre del 2023 la Resolución 245, ampliando los sujetos personas naturales obligados a tener una cuenta bancaria fiscal.

¿Actualmente quiénes son los contribuyentes obligados a abrir una Cuenta Bancaria Fiscal y en cuáles normas legales se establece?

Los titulares de proyectos o actividades del trabajo por cuenta propia, están obligados a abrir y operar una Cuenta Bancaria Fiscal. Lo anterior, se dispuso en la Resolución 347/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios publicada en la Gaceta Oficial No. 94 Ordinaria de 19 de agosto de 2021, la cual fue modificada por la Resolución 246/2023 del propio organismo, publicada en la Gaceta Oficial No. 75 Extraordinaria de 6 de noviembre de 2023

Por su parte, en la Gaceta Oficial No. 106 Ordinaria de 2 de noviembre de 2023 se publicó la Resolución 245/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, mediante la cual se amplía esta obligación para los siguientes sectores de contribuyentes:  

  • Artistas e intelectuales;
  • comunicadores sociales; y
  • el sector agropecuario, compuesto por los usufructuarios de tierras agrícolas estatales, propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierras y otros productores individuales de alimentos.

Las referidas Gacetas Oficiales y resoluciones, las puede obtener en nuestro Portal Tributario, en la sección Legislación  o dando clic sobre el nombre de las legislaciones, donde aparece destacado en azul en esta noticia.

¿Los trabajadores contratados están en la obligación de abrir una Cuenta Bancaria Fiscal?

No, los trabajadores contratados por cualquier actor económico, no están obligados a abrir una cuenta Bancaria Fiscal.  

¿Cuál es la fecha límite para abrir la Cuenta Bancaria Fiscal?

Todos los contribuyentes personas naturales, mencionados anteriormente, deben tener abierta, reconocida y estar realizando operaciones a través de sus Cuentas Bancarias Fiscales.

En el caso de los contribuyentes que se regulan en el Resolución 245/2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, disponían de un término de ciento ochenta (180) días posteriores a la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, término que concluyó el pasado 2 de mayo.

¿Se mantiene la obligación de mantener un saldo mínimo en la Cuenta Bancaria Fiscal?

No, la obligación de mantener el saldo mínimo de 3 mil pesos en la cuenta bancaria fiscal se elimina al derogarse en la Resolución 246, el Apartado Segundo de la Resolución 347 de 2021 que así lo establecía, por lo tanto, este requisito no es exigible.

¿Qué se puede pagar a través de estas Cuentas Bancarias Fiscales?

Los contribuyentes ejecutan a través de las cuentas bancarias fiscales:

  • El pago de los tributos;
  • compra de insumos, medios y equipos para el ejercicio de las actividades que ejercen;
  • pago de reparaciones capitales y mantenimientos constructivos;
  • pago de servicios recibidos de otras formas de gestión no estatales; y
  • pagos a entidades estatales por la compra de bienes y/o prestación de servicios, lo que al propio tiempo permite transparentar las operaciones del TCP, dígase ingresos, gastos e inversiones.

Los titulares de las Cuentas Bancarias Fiscales quedan obligados a declarar los datos de estas, a las personas naturales o jurídicas con las que se vinculan, para que realicen los pagos mediante transferencia u otro instrumento de pago.

¿Cuáles son los beneficios y facilidades de estas Cuentas Bancarias Fiscales para los contribuyentes y para la ONAT?

Estas cuentas están vinculadas a la contabilización de las actividades y además:

  • Facilitan y transparentan las operaciones y relaciones financieras entre los distintos actores económicos;
  • brindan seguridad en la custodia de los recursos financieros generados en el desarrollo de las actividades;
  • permiten realizar ágilmente las operaciones de cobros y pagos;
  • contribuyen a minimizar el uso de efectivo y el riesgo en el manejo de estos recursos.

IMPORTANTE!!!

A través de la conocida aplicación Transfermóvil, los contribuyentes pueden solicitar la habilitación de su Cuenta Bancaria Fiscal, sin necesidad de acudir a las sucursales bancarias, solo se presentarán en el banco, para la recogida de la tarjeta, contrato y demás documentos asociados a la cuenta.

Por otra parte, usted debe conocer que la ONAT es la entidad encargada, por sus funciones, de revisar y controlar el uso de las cuentas bancarias fiscales, tanto su apertura como las operaciones a través de ellas, y los contribuyentes que no hagan uso de las mismas serán sancionados según la legislación tributaria vigente, ya que constituye una infracción.

Por último, si tuviera cualquier duda respecto a este y otros temas de su interés, nos puede contactar a través de los correos de consultas habilitados en todas las oficinas de la ONAT del país. Pueden acceder a nuestros contactos desde el Portal Tributario, con el siguiente enlace:  https://www.onat.gob.cu/home/contactos

 

Se han publicado 18 comentario(s)

ATENCIÓN: Los campos marcados con (*) son campos obligatorios
Ihasmani Luis Leal Noda dijo:

Buenos días tengo una duda que nesecito aclarar,yo soy actor de la agencia Turarte de varadero en Matanzas . Yo percibo salario por medio de mi tarjeta de salario normal,ahora Devo tener la cuenta fiscal? Cómo info les digo yo pago el 30%+ un 5%+mi seguridad social y cada año realizo mi DJ. Me podrían dar información.

12 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Buenos días, la resolución 245 del 2023 del Ministerio de Finanzas y Precios, establece la obligatoriedad para el sector artístico, de abrir y operar una cuanta bancaria fiscal.

17 jun. 2024 / responder
Arnaldo Cruz Cruz dijo:

Muy esclarecedeor, pero tengo una duda, en caso de un PROYECTO DE DESARROLLO LOCAL debe abrir una Cuenta Fiscal?

12 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Arnaldo, el PDL Proyecto de Desarrollo Local para su aprobación conlleva abrir la cuenta bancaria por donde opera como PDL.

17 jun. 2024 / responder
MANUEL dijo:

ES NECESARIO QUE REVISEN LA ULTIMA PARTE DE LA NOTICIA, PORQUE POR TRANSFERMOVIL NO SE PUEDE HACER NADA RELACIONADO CON LA CUENTA FISCAL, LO UNICO QUE SE PUEDE HACER ES OPERAR LAS TARJETAS MAGNETICAS DEL PLAN 12, QUE ADEMAS TAMPOCO SE PUEDEN SOLICITAR POR ESA VIA

13 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Manuel, gracias por su comentario, el servicio por transfermóvil funciona correctamente, la plataforma da el mensaje de Fallo, cuando ya usted tiene una cuenta bancaria fiscal, o cuando usted es de nueva inscripción, porque los de nueva inscripción ya tienen solicitada la cuenta bancaria fiscal en el proceso de inscripción que se hace en la oficina de tramites de Trabajo, y en ese caso lo que debe hacer es ir a su sucursal bancaria para culminar su proceso de abrir la cuenta bancaria fiscal.

17 jun. 2024 / responder
Cryptotpc dijo:

Muy bonito todo, pero los contribuyentes se cagan 💩 en eso y no hay negocio donde uno vaya que, o no aceptan transferencias, se justifican con algún problema en las tarjetas o utilizan las cuentas personales imponiendo límites de compra superiores a 1000 pesos para poder aceptar esas transferencias, pero nunca a las cuentas fiscales.. Deben ser más objetivos, y verificar esto en cada negocio.

13 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Gracias por comentar, aunque el español tiene muchos sinónimos que pudo haber usado. Las instituciones tienen que controlar el incumplimiento de lo legislado y sancionar según la violación, pero tú, yo, todos debemos también actuar e informar en esos casos. No todos los contribuyentes actúan como usted expresa, muchos contribuyentes cumplen con lo establecido y tienen a la vista su código QR de la cuenta bancaria fiscal y el número de la cuenta bancaria fiscal para el que quiera hacer el pago en linea o por transferencia.

17 jun. 2024 / responder
Lady peralta dijo:

Buenas tardes, al no exigir el saldo mínimo de los 3mil pesos en la cuenta fiscal , se puede tener como mínimo otra cifra , cuanto? También quisiera saber si cdo hago uso de la cuenta para pagar mis tributos hay q completar ese saldo en 5 días como exigía la ONAT? Gracias

17 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Lady gracias por su comentario y consulta, la Resolución 246 del 2023 del MFP eliminó el requisito del saldo mínimo de 3 mil pesos en su cuenta bancaria fiscal, y también el de restablecerlo en 5días puesto que ya no hay una cuantía fija establecida. Usted debe operar su negocio a través de su cuenta bancaria fiscal, lo que implica que tenga disponible el código QR pata que le paguen sus ventas o servicios por pagos en línea, también disponible para sus clientes su cuenta bancaria fiscal para que le hagan las transferencias, o si tiene ingresos en efectivo depositarlos en su cuenta mediante su agencia bancaria. Igual puede realizar los pagos asociados a su negocio por esta cuenta, el pago de los tributos, la compra de materia prima, etc.

20 jun. 2024 / responder
José Luis Martínez López dijo:

Queremos se nos explique según documento aclaratorio de fecha 11 junio 24, que si los trabajadores contratados están obligados a abrir una cuenta bancaria fiscal. explica no, todos están obligados abrir una cuenta, queremos saber quiénes no debemos estar incluido, consulta que hacemos los mensajeros de gas.

26 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Todos los trabajadores por cuenta propia, titulares de proyecto están obligados a abrir y operar una cuenta bancaria fiscal. Los trabajadores contratados de los titulares de proyecto no están obligados a abrir cuenta bancaria fiscal.

01 jul. 2024 / responder
Manuel dijo:

Quisiera a manera de consulta me expliquen el por qué de la negativa del Banco Metropolitano a entregarme la Tarjeta Fiscal que está ya confeccionada en el mismo pidiéndome una copia del Proyecto que se entregó hace mas de 1 año,no entiendo esa negativa...si pudieran aclarar me al respecto... Gracias

28 jun. 2024 / responder
ONAT dijo:

Manuel, le sugerimos aclarar el tema con Banco Metropolitano, para que le expliquen los procedimientos bancarios aprobados al respecto.

01 jul. 2024 / responder
RAUDEL dijo:

Hola. Soy músico y percibo ingresos a través de tarjeta magnética y solicité mi cuenta fiscal. Qué hago con esa cuenta fiscal si el ingreso y gastos lo realizo por la otra cuenta? Gracias

02 ago. 2024 / responder
ONAT dijo:

Raudel, todos los ingresos y gastos de su actividad, deben ir a su cuenta bancaria fiscal.

06 ago. 2024 / responder
Marlenys Bravo Rodríguez dijo:

quiero saber como se explica el resuelvo primero de la resolución 272/2024 al ser derogada la resolución 346/2021 que es la resolución que rige la contabilidad para lo cuentas propias del régimen general a partir de las normas cubana de la información financiera al efecto, podrían explicar a cuál se refiere. Otra pegunta Que periodo se tiene en cuenta para el criterio de ingresos anuales de 500 000 pesos. para saber si se lleva contabilidad o no.

01 sep. 2024 / responder
ONAT dijo:

Marlenys los TCP con ingresos anuales superiores a 500 mil llevan contabilidad utilizando las Normas Cubana de la Información Financiera, como dice el Resuelvo, pueden emitirse especificidades. Como dice la norma es 500 mil anuales. saludos

04 sep. 2024 / responder