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Consejos a tener en cuenta para el pago en tiempo de la chapa

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Consejos a tener en cuenta para el pago en tiempo de la chapa
Publicado: 04 sep. 2023
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El próximo 30 de septiembre termina el plazo legal establecido para aportar el Impuesto sobre el Transporte Terrestre, también conocido como pago de la chapa.

Como siempre que se acerca la fecha límite de pago, la ONAT reitera a los propietarios o poseedores de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre, importantes informaciones y recomendaciones que deben tener en cuenta para cumplir correcta y puntualmente con el pago del tributo.

Aquí les van:

  • Están obligados al pago de la chapa las personas naturales y jurídicas cubanas y extranjeras, propietarias o poseedoras de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre en el territorio nacional.
  • Si utilizan los canales electrónicos de pago Transfermóvil, Telebanca, Banca Remota para realizar el aporte del tributo, se les descuenta un 3% del importe a pagar.

Quienes no sepan utilizar Transfermóvil pueden consultar, el tutorial que explica paso a paso cómo pagar la chapa mediante esta popular APK. (Dé clic sobre el enlace azul para acceder al documento PDF)

 
  • Para efectuar el pago por Transfermóvil puede usarse la opción Vector Fiscal RC-04 A o la del carnet de identidad (ver tutorial).
 
  • La opción del RC0-04A es la recomendada por la oficina, porque aparece en su vector fiscal, gracias a que el contribuyente registró su vehículo en la ONAT. Quienes paguen por esta alternativa, cuando la APK le pida el código de cinco dígitos colocan el siguiente: 20173, que indica el mes y párrafo que se va a pagar.
  • También puede utilizarse la alternativa del NIT o carnet de identidad (en el tutorial se explican todos los detalles). No obstante, la ONAT advierte que quienes no hayan registrado su vehículo deben hacerlo, pues este requisito constituye un deber formal legalmente dispuesto, cuyo incumplimiento está sujeto a sanción.
 
  • El párrafo o código del Impuesto sobre el Transporte Terrestre es el 0710622 y se exige especificarlo tanto en la liquidación por canales digitales como en las sucursales bancarias, en las cuales se realiza presentando el RC-04 A vector fiscal de persona natural, ya sea en formato impreso o digital (el guardado en el móvil) o mostrando el comprobante de pago del año anterior.
  • En el banco también puede pagarse utilizando el modelo CR-09 de ingresos al presupuesto, que es posible obtener en la sección Descargas del portal o aquí, pulsando sobre su nombre.
  • Los tipos impositivos o cuantías a pagar por el Impuesto sobre el Transporte Terrestre, se establecen en el Anexo No. 2 el Decreto Ley No. 21 de 2020, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 68 de ese año, que modifica las cantidades dispuestas en la Ley No.113 del Sistema Tributario.
  •  Los montos a pagar por este impuesto dependen del grupo al cual pertenezcan los contribuyentes de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto Ley 21, El Grupo I, comprende a las personas naturales residentes permanentes en el territorio nacional, las entidades estatales y sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, los sujetos que operan en el país al amparo de la Ley 118 De la Inversión Extranjera, los usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, las cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, así como las organizaciones y asociaciones.

En el Grupo II se incluyen las personas naturales no residentes permanentes en Cuba, las sucursales, agentes y oficinas de representación de personas jurídicas extranjeras radicadas en el territorio nacional

Ejemplo:

Un ciudadano cubano residente permanente en el territorio nacional, perteneciente al Grupo I, propietario de un auto de uno a cinco asientos, paga 52.00 pesos CUP. En cambio, una persona no residente en el país, con un auto de igual número de asientos, debe aportar 1300 CUP.

  • Los contribuyentes que hayan dejado de aportar en años anteriores deben comunicarse con la ONAT de su municipio para que se les determine la deuda a liquidar que está compuesta por: la cantidad a pagar por el tipo de vehículo, el recargo por mora y la multa fiscal. 
  • Quienes no han cumplido con la obligación deben hacerlo con la mayor prontitud posible, no deben dejarlo para el último día, pues cualquier contratiempo puede hacerlos pagar fuera del período legalmente establecido, lo cual constituye una infracción tributaria sujeta a sanción.
  • La ONAT recomienda para el año próximo que los contribuyentes realicen el pago antes del 28 de febrero pues así se acogen la bonificación por pronto pago, un beneficio fiscal que les permite descontarse el 20% del importe a liquidar.
  • Para las empresas y entidades que poseen un gran parque automovilístico, acogerse a esta bonificación representa un importante ahorro de dinero que podrían destinar a aumentar su rentabilidad y eficiencia.
  • Las personas naturales que adquieran o vendan vehículos deben actualizar su situación en el Registro de Contribuyentes de la ONAT del municipio donde están inscritos: los adquirientes deberán inscribir los vehículos para que se le fije la obligación de tributar por dichos vehículos y los vendedores, para que se les elimine.

Si cree que existe alguna otra cuestión sobre este impuesto y necesite conocer, por favor, déjela en los comentarios o háganosla saber por la sección Contáctenos, el servicio Consultas -también del portal.

También puede comunicarse con la oficina mediante nuestro grupo Dudas y Comentarios en Telegram o por el correo de consultas.

Todas las direcciones electrónicas, físicas y teléfonos de las oficinas tributarias del país pueden conocerse en la sección Contactos.

Le recomendamos revisar siguientes contenidos:

Impuesto sobre el Transporte Terrestre o “pago de la chapa”: las 9 respuestas necesarias para aportarlo bien. también publicado en el portal, donde se exponen las cuantías a pagar por cada tipo de vehículos y otras cuestiones útiles sobre este tributo.

Las 12 cosas que necesita saber para pagar la chapa a tiempo

¿Qué es el Recargo por Mora y cómo se calcula y aplica?

 

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