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Aprobada resolución que modifica aplicación del Impuesto sobre Ingresos personales para quienes reciben gratificaciones.

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Aprobada resolución que modifica aplicación del Impuesto sobre Ingresos personales para quienes reciben gratificaciones.
Publicado: 03 abr. 2023
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TOMADO DEL SITIO WEB DEL MFP

En la Gaceta Oficial  Extraordinaria  No. 20 de 31 de marzo de 2023 fue publicada la  Resolución 42 del Ministerio de Finanzas y Precios, que actualiza el tratamiento tributario al personal que recibe ingresos por concepto de gratificaciones  reconociendo el porcentaje de gasto autorizado para la actividad y el mínimo exento anual a los efectos de la presentación de la declaración jurada y liquidación del Impuesto sobre los ingresos personales.

Esta norma establece efectuar un pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Personales, aplicando un tipo impositivo del cinco por ciento (5%) sobre las gratificaciones recibidas en el trimestre.

Mediante la citada Resolución se ratifica que al finalizar el periodo fiscal, las  personas están obligadas a presentar la correspondiente Declaración Jurada de Ingresos Personales, y dispone la aplicación de la escala progresiva que se establece en el Artículo 26 de la Ley 113 ''Del Sistema  Tributario".

También reconoce que a los efectos de la liquidación adicional del Impuesto sobre Ingresos Personales correspondientes al año fiscal, se descuente de los  ingresos totales obtenidos hasta un 10% por concepto de gasto deducible y el mínimo exento anual, por una cuantía de 39 120.00 CUP.

Puede ser consultada en la Sección Legislación de nuestro Portal Tributario o descargada desde aquí.

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