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Finaliza presentación de DJ de Utilidades el 31 de marzo. Descargue aquí modelo, instructivo y video sobre su llenado.

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Finaliza presentación de DJ de Utilidades el 31 de marzo. Descargue aquí modelo, instructivo y video sobre su llenado.
Publicado: 27 mar. 2023
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El viernes 31 de marzo culmina el plazo legal establecido para que las personas jurídicas (entidades) presenten la declaración jurada (DJ) del Impuesto sobre Utilidades (ISU) y paguen este importante tributo que es el que más ingresos reporta al Presupuesto del Estado.

Para facilitarles el cumplimiento, ponemos a disposición de  estos contribuyentes el modelo de DJ de Utilidades, sus instrucciones de llenado y un video que las explica, el cual constituye el programa 3 del espacio Tributos al Día, disponible en el canal de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en Picta y al que se puede acceder dando clic en el siguiente enlace https://www.picta.cu/medias/tributos-dia-programa-3-2023-02-22-09-41-33-322091.

El período de declaración y liquidación del ISU abarca del 1ro de enero al 31 de marzo de cada año, de acuerdo con lo establecido en la Ley No.113 del Sistema Tributario, norma que también dispone las sanciones (multas) para las entidades que presenten fuera del término establecido, no lo hagan o subdeclaren (aporten menos de lo debido).

Están obligadas a aportar este tributo las empresas y entidades cubanas y extranjeras que hayan obtenido utilidades imponibles en 2022, independientemente de su forma de organización o propiedad.

Se trata expresamente de: Las empresas estatales de subordinación nacional, provincial y municipal; las cooperativas de producción agropecuaria CPA, las de créditos y servicios (CCS); las unidades básicas de producción cooperativa (UBPC); Las cooperativas no agropecuarias (CNA), las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano, las extranjeras y empresas mixtas, así como las micro pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).

Cabe destacar que las MIPYMES declaran por primera vez en 2023.  En específico las que ya disfrutaron del beneficio de la exención por los primeros 6 meses o un año en dependencia de si fueron, respectivamente, reconvertidas o de nueva creación.

Los modelos mediante los cuales declaran el ISU los contribuyentes mencionados pueden obtenerse en la sección Descargas del Portal Tributario (páginas 1 y 3 del apartado), y también dando clic sobre sus nombres destacados en azul que ubicamos a continuación y que constituyen vínculos o enlaces que permiten abrir automáticamente estos documentos al dar clic sobre ellos:

La Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT, insta a todas las entidades a que presenten la DJ y liquiden el ISU.

Recuerda, además, que aquellas que poseen firma o certificado digital, tienen la posibilidad de enviar la DJ firmada electrónicamente a través del correo de consultas de la oficina tributaria del municipio en el cual están inscritas o entregarlas en estas mediante memorias u otros dispositivos USB.

En el apartado Contacto del portal se encuentran los teléfonos y direcciones electrónicas de todas las ONAT del país. (Pulse sobre el enlace destacado en azul para acceder a la mencionada sección de la plataforma)

El actual llamado a declarar es una más de las innumerables acciones llevadas a cabo por la ONAT en todo el país para favorecer el cumplimiento correcto y puntual de este tributo y potenciar los ingresos al presupuesto por su concepto, pues se trata del impuesto que más ingresos representa en la recaudación fiscal y, por tanto, el que más contribuye al financiamiento de la vida en los territorios.

Insiste igualmente la oficina en que no debe dejarse la declaración y pago para el último día, ya que cualquier dificultad imprevista puede impedir el cumplimiento en tiempo de la obligación y hacer que se incurra en mora y tengan que afrontarse las sanciones previstas para estos casos en la legislación tributaria vigente. 

Cada una de estas entidades debe tener muy claro que no solo se trata de cumplir porque la ley así lo exige sino también porque su aporte importa y cuenta para el municipio en el que desarrollan su actividad económica.

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