backtotop

Concluye plazo de la bonificación por pronto pago el próximo martes 1ro de marzo.

Compartir en :
Concluye plazo de la bonificación por pronto pago el próximo martes 1ro de marzo.
Publicado: 25 feb. 2022
635

Concluye el plazo para acogerse la bonificación por pronto pago que permite descontar el 5 % del importe a pagar por concepto del impuesto sobre Ingresos Personales y el 20% del tributo establecido sobre el Transporte Terrestre (pago de la chapa) a los contribuyentes que aporten estas obligaciones entre enero y el 1ro de marzo, según lo dispuesto en la Ley No.144 del Presupuesto del Estado para 2022.

El 5% pueden restárselo, en la citada fecha, las personas naturales obligadas a declarar (mediante la DJ-08): trabajadores por cuenta propia, artistas y creadores del sector de la cultura, comunicadores sociales y diseñadores, el personal que labora en sucursales extranjeras. También está previsto para los usufructuarios de tierra que aportan por la DJ-12.

Por su parte, el descuento del 20% beneficia a las personas naturales y jurídicas cubanas y extranjeras propietarias o poseedoras de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre dentro del territorio nacional.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria, ONAT, explica que la bonificación por pronto pago constituye un incentivo para favorecer la liquidación puntual de ambos tributos e insta los contribuyentes a no perder la oportunidad de aprovechar este beneficio.

Entre las ventajas de su aplicación figura que puede representar una importante reducción del impuesto a pagar y, consecuentemente, un considerable ahorro de recursos, principalmente para aquellos contribuyentes que deben aportar altos montos por concepto de cualquiera de las dos obligaciones mencionadas. Recursos, que, dicho sea de paso, pueden emplearse en mejorar el desempeño del negocio.

Esta recomendación es muy válida, por ejemplo, para las empresas o entidades que poseen numerosos vehículos, especialmente las extranjeras u otras que deben aportar los tipos impositivos (cantidades a pagar) del Impuesto sobre Transporte Terrestre establecidos para el grupo 2, en el Anexo Único del Decreto Ley No.21 de 2020, que modifica la Ley No.113 del Sistema Tributario. (Dé clic sobre el texto destacado en azul para consultar el Anexo Único)

También reitera la ONAT que si las personas naturales aportan por los canales electrónicos (Transfermóvil, Telebanca o cajeros automáticos) en el período de aplicación de la bonificación, además del 5% y el 20% se les descuenta un 3% por utilizar estas vías de pago.

En cuanto a la manera en que se aplica la bonificación para cada impuesto, la oficina aclara que: quienes utilicen la DJ-08 Excel, esta herramienta informática creada para llenar la declaración jurada y calcular el impuesto sobre ingresos personales les resta el 5% cuando colocan la fecha (anterior o igual al 1ro de marzo) y, luego, el canal digital descuenta automáticamente el 3%. Lo mismo sucede con quienes utilizan la DJ-12 Excel.

Con el 20% del pago de la chapa sucede diferente: el contribuyente debe restárselo antes de hacer el aporte por la pasarela electrónica y esta le descuenta el 3%.

La DJ-08 Excel para presentar en 2022, la habilitada para el personal que labora en sucursales extranjeras y la DJ-12 por la cual declaran los usufructuarios de tierra es posible obtenerlas en la sección Descargas del Portal Tributario o pulsando sobre sus nombres señalados en azul en este párrafo.

Los pasos para realizar el pago de los impuestos por Transfermóvil, se exponen en la siguiente infografía y también en el tutorial publicado igualmente en el apartado Descargas.

Aclaración: los textos destacados en azul en este artículo constituyen enlaces. Si se da clic sobre ellos, permiten abrir los documentos a los que hacen referencia.  

Se han publicado 0 comentario(s)

ATENCIÓN: Los campos marcados con (*) son campos obligatorios
No existen elementos a mostrar